Modifícase la resolución Nº 24, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que determina modelo de nómina de pasajeros para los efectos del artículo 59 bis del decreto supremo Nº 212, de 1992, en el siguiente sentido:
   
    1. Reemplázase en el epígrafe de la resolución la frase "del Art. 59 bis" por la frase "de los artículos 59 bis y 70".
    2. Incorpórase un nuevo numeral 3, pasando el actual numeral 3 a ser el nuevo numeral 4, en el siguiente sentido: "3.- Cualquier pasajero que se incorpore a bordo, en algún punto intermedio entre la ciudad de inicio y la de destino del servicio, deberá ser incluido en la Nómina de Pasajeros, independiente del tiempo de duración de su recorrido, asimismo se deberá incluir en dicha nómina el número de comprobante del (los) bulto(s) y su número de asiento.".
    3. Reemplázase el anexo por el siguiente:
   
   
    4. La presente resolución entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial.