DECLARA ADMISIBLES, ELEGIBLES Y SELECCIONADAS LAS PROPUESTAS DE LOCALIDADES QUE INDICA, EN EL MARCO DEL LLAMADO A FORMULACIÓN DE PROPUESTAS PARA EL CONCURSO DE PEQUEÑAS LOCALIDADES EN LA REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
   
    Núm. 867 exenta.- Rancagua, 2 de septiembre de 2024.
   
    Vistos:
   
    1. Lo dispuesto por la Constitución Política de la República de Chile, artículos 6º y 7º;
    2. La Ley Nº 16.391, del Ministerio de Obras Públicas, publicada en el Diario Oficial de 16 de diciembre de 1965, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    3. El decreto ley Nº 1.305, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    4. Las Facultades que me confiere el decreto supremo Nº 397, de Vivienda y Urbanismo, año 1976, que establece el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, incluidas todas sus modificaciones.
    5. La Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, modificada por la ley Nº 21.073, de 2018, en especial el artículo 62 inciso final.
    6. El artículo 16 de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto fuera fijado por el DFL Nº 29, del año 2004 (Ministerio de Hacienda).
    7. La Ley 19.880 sobre Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, artículo 2 y 51.
    8. Decreto supremo Nº 39, de Minvu, de 2009, que reglamenta el Programa para Pequeñas Localidades.
    9. Resolución exenta Nº 913, de fecha 11 de noviembre de 2022, la que modifica Res. Ex. Nº 291, de fecha 27 de marzo de 2020, la cual designa a funcionario de esta Seremi Minvu, como Encargado Regional del Programa para Pequeñas Localidades regulado por el decreto supremo Nº 39 (V. y U.), de 2015, en calidad de titular y subrogante.
    10. Resolución exenta Nº 844, de fecha 12 de junio de 2024, de Minvu, que llama a formulación de propuestas para la ejecución del Programa para Pequeñas Localidades en la provincia de Tocopilla, Región de Antofagasta; provincias de San Antonio y San Felipe, Región de Valparaíso; provincias de Santiago y Talagante, Región Metropolitana; provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; provincia de Cauquenes, Región del Maule; provincia de Punilla, Región de Ñuble y provincia General Carrera, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.
    11. Oficio Nº 1046, de fecha 24 de junio de 2024, de la Seremi Minvu, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, que informa e invita a participar del llamado a formulación de propuestas en el marco del Programa para Pequeñas Localidades del año 2024.
    12. Resolución exenta Nº 714, de fecha 6 de agosto de 2024, de la Seremi Minvu, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, que designa Comisión Evaluadora para calificación de elegibilidad del Programa para Pequeñas Localidades del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    13. Oficio Nº 1412, de fecha 23 de agosto de 2024, de la Seremi Minvu, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, que convoca a sesión de Mesa Regional, para la selección de localidades del Programa para Pequeñas Localidades.
    14. Actas de calificación de Admisibilidad de propuestas al Concurso para Pequeñas Localidades, todas suscritas con fecha 22 de julio de 2024.
    15. Actas de calificación de Elegibilidad, suscritas por la Comisión Técnica Evaluadora, todas de fecha 12 de agosto de 2024.
    16. Actas de calificación de Selección de propuestas al Concurso para Pequeñas Localidades, suscritas por la Mesa Regional con fecha 27 de agosto de 2024.
   
    Considerando:
   
    A. Que, según lo prescrito en la resolución exenta indicada en el visto Nº 10, se procedió a llamar a formulación de propuestas para la ejecución del Programa para Pequeñas Localidades en la provincia de Tocopilla, Región de Antofagasta; provincias de San Antonio y San Felipe, Región de Valparaíso; provincias de Santiago y Talagante, Región Metropolitana; provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; provincia de Cauquenes, Región del Maule; provincia de Punilla, Región de Ñuble y provincia General Carrera, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.
    B. Que, para el concurso Pequeñas Localidades, en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins le fue destinada 2 de las 10 localidades a intervenir a nivel nacional, seleccionadas entre las localidades presentadas por los municipios de la región.
    C. Que, por medio de las actas citadas en el visto Nº 14, se declararon admisibles 4 propuestas presentadas a postulación por los municipios de Machalí, Requínoa, Mostazal y Malloa.
    D. Que, a su vez, por medio de las actas citadas en el visto Nº 15, se declararon elegibles por la Comisión Técnica Evaluadora, las localidades presentadas a postulación por los municipios de Machalí, Mostazal y Malloa.
    E. Que, habiéndose reunido la Mesa Regional, conforme a los criterios establecidos en el punto seis de la resolución citada en el visto Nº 11, se procedió a calificar las propuestas, tal como consta en las actas citadas en el visto Nº 16, produciéndose los siguientes resultados:
   
   
   
    F. Que habiendo la Mesa Regional calificado cada una de las propuestas, se procedió a declarar a las localidades seleccionadas por estricto orden de puntaje.
    G. Que, el artículo 62 inciso final de la Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, modificada por la ley Nº 21.073, de 2018, señala que, Los Secretarios Regionales Ministeriales serán nombrados por el Presidente de la República a propuesta del Delegado Presidencial, y oyendo al efecto al Ministro del Ramo.
    H. Que el artículo 16 de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto fuera fijado por el DFL Nº 29, del año 2004 (Ministerio de Hacienda), indica que, si el decreto o resolución ordenare la asunción de funciones en una fecha anterior a la de su total tramitación, el interesado deberá hacerlo en la oportunidad que aquel señale, luego, el mismo artículo, señala que, las actuaciones del interesado efectuadas durante ese periodo serán válidas y darán derecho a la remuneración que corresponda.
    I. Que, estando en actual tramitación el decreto, que culminará con la designación del suscrito en calidad de Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
    J. Que, en el decreto aludido en el numeral anterior, se establecerá como fecha de asunción el 25 de marzo de 2024, por razones impostergables y de buen servicio.
    K. Que, existiendo jurisprudencia de la Contraloría General de la República, en el sentido de que, los actos administrativos suscritos previa dictación del decreto que nombra a la autoridad en el cargo, son perfectamente válidos y gozan del principio de legalidad.
    L. Que en virtud de lo indicado anteriormente resulta necesario dictar la presente resolución.
   
    Resuelvo:
   
    I. Declárese como admisibles las propuestas presentadas por las comunas de Machalí, Requínoa, Mostazal y Malloa.
    II. Declárese como elegibles las propuestas presentadas por las comunas de Machalí, Mostazal y Malloa.
    III. Declárese como seleccionadas las propuestas de Localidades, según lo regulado por la resolución exenta individualizada en el visto Nº 10, para la ejecución del Programa para Pequeñas Localidades, que se señala en el cuadro que sigue:
   
   
   
    IV. Suscríbase con las Ilustres Municipalidades de Mostazal y Malloa, los Convenios de Cooperación e Implementación por las localidades seleccionadas, en los cuales se dejará constancia de las acciones, condiciones, compromisos y obligaciones que asumirá cada parte en el proceso de desarrollo y ejecución del Programa en las respectivas localidades.
   
    Anótese, comuníquese y archívese.- Luis Alberto Barboza Quintanilla, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.