EXTRACTO

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº653, de 26 de agosto de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 87, 88 y 89, para la obra: DISEÑO DE OBRAS FLUVIALES Y DE CONTROL ALUVIONAL EN LA CUENCA DEL RÍO SALADO, que figuran a nombre de FLORES AGUERO JAIME MAURICIO, CAMPANA GOMEZ MARIA TERESA y HENRIQUEZ HENRIQUEZ ULISES, roles de avalúo 157-31, 157-30 y 157-29, Comuna de CHAÑARAL, REGIÓN DE ATACAMA, superficies 77,86, 31,81 y 15,59 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por JUAN ANDRES TEPPER LAVANDEROS, PATRICIA VERONICA ZAVALA CONTRERAS y CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, mediante informe de tasación de 28 de julio de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $44.106.840, para el lote N°87, $7.015.140, para el lote N°88 y $1.780.460, para el lote N°89. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.


    Fiscalía MOP.