EXTRACTO
Por Decreto MOP. (Exento) Nº695, de 02 de septiembre de 2024 y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 41, 42 y 43, para la obra: DISEÑO DE OBRAS FLUVIALES Y DE CONTROL ALUVIONAL EN LA CUENCA DEL RÍO SALADO, que figuran a nombre de CORPORACION IGLESIA DE DIOS, OSORIO CUEVAS SHEILA DEL CARMEN y OSSANDON VEGA NURY DEL CARMEN, roles de avalúo 157-3, 157-4 y 157-5, Comuna de CHAÑARAL, REGIÓN DE ATACAMA, superficies 356,69, 182,30 y 204,42 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por JUAN ANDRES TEPPER LAVANDEROS, PATRICIA VERONICA ZAVALA CONTRERAS y CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, mediante informe de tasación de 28 de julio de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $33.558.910, para el lote N°41, $17.319.700, para el lote N°42 y $19.813.380, para el lote N°43. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.
Fiscalía MOP.