"Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 56 de la ley Nº 18.681, que Establece normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y personal:
1. Incorpórase en el inciso primero, a continuación de la frase "las localidades respectivas no existan", la siguiente: ", o resulten insuficientes,".
2. Reemplázase en el literal a) del inciso segundo la expresión "General Carrera y Capitán Prat" por "General Carrera, Capitán Prat y Chiloé".
3. Sustitúyese en el inciso tercero la expresión "Intendente Regional" por "Secretario Regional Ministerial de Educación".