APRUEBA PROGRAMA DE EXPROPIACIONES EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, DE INMUEBLES UBICADOS EN LAS COMUNAS DE TEMUCO, PUCÓN Y VILLARRICA, DESTINADOS A LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE EMERGENCIA HABITACIONAL PARA EL AÑO 2024 Y SIGUIENTES
Santiago, 16 de septiembre de 2024.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 41 exento.
Visto:
a) El artículo 51 de la Ley Nº 16.391, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
b) El Nº 1.9 de la parte I del artículo 1º del DS Nº 153 (V. y U.), de 1983, que distribuye firma de materias que indica.
c) La resolución exenta Nº 14.464 (V. y U.), de 2017, que establece criterios y procedimientos para la adquisición, administración y enajenación de inmuebles de propiedad de Serviu.
d) La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
e) La Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, aprobada mediante el artículo cuarto de la ley Nº 21.450, que aprueba Ley sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional.
f) El Informe Técnico DDUI Nº 021/2023, elaborado por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, con fecha 14 de enero de 2023.
g) El Informe Técnico DDUI Nº 04/2023, elaborado por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, con fecha 13 de enero de 2023.
h) El Informe Técnico DDUI Nº 11/2023, elaborado por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, con fecha 31 de enero de 2023.
i) El Plano de Expropiación Programa "Plan de Emergencia Habitacional 2023", Nº de Plano D-T 102, correspondiente al predio Rol SII Nº 3251-29 de la comuna de Temuco, elaborado en marzo de 2023, a escala indicada, suscrito por el arquitecto proyectista, el encargado de la Unidad de Gestión de Terrenos y Expropiaciones, y el Jefe del Departamento Técnico, todos del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía, y el Director del mismo servicio.
j) El Plano de Expropiación Programa "Plan de Emergencia Habitacional 2023", Nº de Plano D-T 105, correspondiente al predio Rol SII Nº 240-64 de la comuna de Pucón, elaborado en marzo de 2023, a escala indicada, suscrito por el arquitecto proyectista, el encargado de la Unidad de Gestión de Terrenos y Expropiaciones, y el Jefe del Departamento Técnico, todos del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía, y el Director del mismo servicio.
k) El Plano de Expropiación Programa "Plan de Emergencia Habitacional 2023", Nº de Plano D-T 100, correspondiente al predio Rol SII Nº 260-18 de la comuna de Villarrica, elaborado en marzo de 2023, a escala indicada, suscrito por el arquitecto proyectista, el encargado de la Unidad de Gestión de Terrenos y Expropiaciones, y el Jefe del Departamento Técnico, todos del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía, y el Director del mismo servicio.
l) La Ficha de Expropiación Nº 102/03-0, correspondiente al predio Rol SII Nº 3251-29 de la comuna de Temuco, elaborada con fecha 9 de marzo de 2023, por la Oficina de Gestión de Terrenos y Expropiaciones del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de la Araucanía.
m) La Ficha de Expropiación Nº 105/06-0, correspondiente al predio Rol SII Nº 240-64 de la comuna de Pucón, elaborada con fecha 9 de marzo de 2023, por la Oficina de Gestión de Terrenos y Expropiaciones del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía.
n) La Ficha de Expropiación Nº 100/01-0, correspondiente al predio Rol SII Nº 260-18 de la comuna de Villarrica, elaborada con fecha 9 de marzo de 2023, por la Oficina de Gestión de Terrenos y Expropiaciones del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía.
o) El Informe de Evaluación Normativa para Adquisición de Terrenos, correspondiente al predio Rol SII Nº 3251-29 de la comuna de Temuco, elaborado por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, con fecha 10 de junio de 2024.
p) El Informe de Evaluación Normativa para Adquisición de Terrenos, correspondiente al predio Rol SII Nº 240-64 de la comuna de Pucón, elaborado por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, con fecha 10 de junio de 2024.
q) El Informe de Evaluación Normativa para Adquisición de Terrenos, correspondiente al predio Rol SII Nº 260-18 de la comuna de Villarrica, elaborado por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, con fecha 11 de junio de 2024.
r) El oficio ordinario Nº 2.303, de fecha 13 de junio de 2024, del Director del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía.
s) Informe de Fundamentación de Adquisición de Terreno, presentado con fecha 9 de julio de 2024, por los encargados de la Mesa de Suelos de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y el Servicio de Vivienda y Urbanización, ambos de la Región de La Araucanía, respecto del predio Rol SII Nº 3251-29 de la comuna de Temuco.
t) Informe de Fundamentación de Adquisición de Terreno, presentado con fecha 9 de julio de 2024, por los encargados de la Mesa de Suelos de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y el Servicio de Vivienda y Urbanización, ambos de la Región de La Araucanía, respecto del predio Rol SII Nº 240-64 de la comuna de Pucón.
u) Informe de Fundamentación de Adquisición de Terreno, presentado con fecha 10 de julio de 2024, por los encargados de la Mesa de Suelos de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y el Servicio de Vivienda y Urbanización, ambos de la Región de La Araucanía, respecto del predio Rol SII Nº 260-18 de la comuna de Villarrica.
v) El oficio ordinario Nº 1.415, de fecha 1 de julio de 2024, del Jefe (S) de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
w) El oficio ordinario Nº 450, de fecha 30 de agosto de 2024, del Jefe de la División de Desarrollo Urbano; y,
Considerando:
1. Que, el Plan de Emergencia Habitacional 2022-2025 definido por este Ministerio tiene como objetivo principal recuperar el rol del Estado en la planificación y gestión habitacional para avanzar en el derecho a la vivienda digna y adecuada, garantizando la tenencia segura ya sea en propiedad individual, colectiva o en arriendo; de esta forma se busca contribuir a la reducción del déficit habitacional cuantitativo, en particular el derivado del allegamiento, del hacinamiento, de la habitabilidad precaria y los campamentos, en todas las comunas del país, y diversificar y aumentar la oferta habitacional adecuada acorde a diversas necesidades, ciclos de vida y tipos de soluciones.
2. Que, el Plan de Emergencia Habitacional tiene como eje estratégico el "Robustecer el Banco de Suelo Público" mediante la adquisición de suelo urbano, facilitando que las familias se establezcan en sus territorios y barrios según sus necesidades, redes de apoyo, adecuación cultural, proyectos y ciclos de vida, y la recuperación de la planificación de los territorios en consideración a los cambios demográficos, las tendencias de crecimiento urbano y territorial y las necesidades de las comunidades.
3. Que, con el objeto de dar cumplimiento a lo expuesto en el considerando precedente, el Director del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región La Araucanía, mediante el oficio ordinario citado en el visto r), solicitó al Ministro de Vivienda y Urbanismo la elaboración del decreto supremo que apruebe el Programa de Expropiaciones de 3 inmuebles ubicados en las comunas de Temuco, Pucón y Villarrica, todos de la Provincia de Cautín, de la Región de La Araucanía, destinados a la ejecución del Plan de Emergencia Habitacional.
4. Que, en dicho contexto, el Director del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región La Araucanía expone en el oficio ordinario citado en el visto r), que para la ejecución del Plan de Emergencia Habitacional es necesario la expropiación de superficies para fines habitacionales por una superficie de 180.936 metros cuadrados.
5. Que, mediante el Informe Técnico elaborado por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región La Araucanía, citado en el visto f), se informó favorablemente la expropiación con fines de utilidad pública, del inmueble ubicado en calle 3 Poniente Nº 359, Hijuela 380-B, de la comuna de Temuco, dirección ante el Servicio de Impuestos Internos "Sta. Elvira Labranza", rol de avalúos Nº 3251-29, de la misma comuna.
6. Que, según da cuenta el Informe de Fundamentación de Adquisición de Terreno, citado en el visto s), la Mesa de Suelo de la Región de La Araucanía fundamentó la necesidad de adquirir el inmueble referido en el considerando 5., dejando constancia de que el terreno tiene condiciones técnicas favorables, posee localización, cumpliendo con los requisitos de distancia a equipamiento establecidos en artículo 35 del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda. Además, se encuentra dentro del área operacional sanitaria de una empresa concesionaria, posee factibilidad eléctrica y el terreno responde a la necesidad de conectividad vial debido a vialidades de loteos existentes. Dada la superficie del referido terreno, éste permite desarrollar un Plan Urbano Habitacional ("PUH") que consolida un sector de crecimiento urbano de la comuna de Temuco, con equipamientos asociados, por tanto es de interés del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía su adquisición.
7. Que, según da cuenta el Informe de Evaluación Normativa, citado en el visto o), se da cuenta que el terreno singularizado en el considerando 5. cumple con la normativa urbana vigente y enmarcada en la ley Nº 21.450 para el desarrollo de un proyecto habitacional.
8. Que, mediante el Informe Técnico elaborado por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía, citado en el visto g), se informó favorablemente la expropiación con fines de utilidad pública, del inmueble ubicado en Camino Internacional, Lote 44, El Claro, de la comuna de Pucón, rol de avalúos Nº 240-64, de la misma comuna.
9. Que, según da cuenta el Informe de Fundamentación de Adquisición de Terreno, citado en el visto t), la Mesa de Suelo de la Región de La Araucanía fundamentó la necesidad de adquirir el inmueble referido en el considerando 8., dejando constancia de que es interés del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía adquirir el referido predio, ya que de acuerdo con el análisis técnico presentado permitiría la pronta ejecución de 242 departamentos orientados a familias vulnerables de la comuna de Pucón, a través del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, toda vez que presenta buenas condiciones de localización, normativa y condiciones favorables para un proyecto habitacional. Se indica además que la adquisición del inmueble se enmarca en las gestiones necesarias requeridas por el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía para dar cumplimiento al Plan de Emergencia Habitacional, el cual identifica a la comuna de Pucón con un alto déficit habitacional.
10. Que, según da cuenta el Informe de Evaluación Normativa, citado en el visto p), se da cuenta que el terreno singularizado en el considerando 8. cumple con la normativa urbana vigente y enmarcada en la ley Nº 21.450 para el desarrollo de un proyecto habitacional.
11. Que, mediante el Informe Técnico elaborado por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región La Araucanía, citado en el visto h), se informó favorablemente la expropiación con fines de utilidad pública, del inmueble ubicado en Colo Colo s/n, de la comuna de Villarrica, dirección ante el Servicio de Impuestos Internos "Callejón s/n Lt. B", rol de avalúos Nº 260-18, de la misma comuna.
12. Que, según da cuenta el Informe de Fundamentación de Adquisición de Terreno, citado en el visto u), la Mesa de Suelo de la Región de La Araucanía fundamentó la necesidad de adquirir el inmueble referido en el considerando 11., dejando constancia de que es interés del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía adquirir el referido predio, pues, de acuerdo con el análisis técnico presentado, se permitiría la pronta ejecución de 160 departamentos orientados a familias vulnerables de la comuna de Villarrica, a través del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, ya que presenta buenas condiciones de localización, normativa y condiciones técnicas favorables para un proyecto habitacional. Se indica además que la adquisición del inmueble se enmarca en las gestiones necesarias requeridas por el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía para dar cumplimiento al Plan de Emergencia Habitacional, el cual identifica a la comuna de Villarrica con un alto déficit habitacional.
13. Que, según da cuenta el Informe de Evaluación Normativa, citado en el visto q), se da cuenta que el terreno singularizado en el considerando 11. cumple con la normativa urbana vigente y enmarcada en la ley Nº 21.450 para el desarrollo de un proyecto habitacional.
14. Que, se han tenido a la vista los Planos de Expropiación citados en los vistos i), j) y k), los que dan cuenta de cada uno de los Lotes a expropiar por parte del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía, así como las respectivas fichas de expropiación, elaboradas por el mismo servicio, citadas en los vistos l), m) y n).
15. Que, mediante el oficio ordinario citado en el visto v), el Jefe (S) de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional da cuenta de la evaluación técnica favorable realizada por dicha división respecto de los terrenos objeto de este acto administrativo.
16. Que, mediante el oficio ordinario citado en el visto w), el Jefe de la División de Desarrollo Urbano solicita a la Jefa de la División Jurídica solicita la elaboración del decreto que apruebe el Programa de Expropiación de los inmuebles ya referidos, ubicados en las comunas de Temuco, Pucón y Villarrica, todos de la Región de La Araucanía, para dar cumplimiento al Plan de Emergencia Habitacional; dicto el siguiente,
Decreto:
1. Apruébase el programa de expropiaciones para la implementación del Plan de Emergencia Habitacional en la Región de La Araucanía, conforme a los antecedentes citados en la parte considerativa de este acto administrativo, referidos a los inmuebles que se indican a continuación, ubicados en las comunas de Temuco, Pucón y Villarrica:

Superficie total aproximada a expropiar: 180.936 metros cuadrados.
2. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial y en un periódico de la provincia de Cautín, si lo hubiere.
Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.