Artículo 21.- Integrantes del Consejo Universitario. El Consejo Universitario estará compuesto por 39 personas, todas con derecho a voz y voto:
   
    a)  El Rector o Rectora, quien presidirá el Consejo Universitario.
    b)  26 representantes del cuerpo académico;
    c)  6 representantes de los estudiantes;
    d)  6 representantes del cuerpo de funcionarios no académicos y funcionarias no académicas.