Artículo 27.- Integrantes del Consejo de Facultad. El Consejo de Facultad estará integrado por el Decano o la Decana, quien lo presidirá, Directores o Directoras de Departamentos y Escuelas y representantes del estamento académico, administrativo y estudiantil, en su totalidad con derecho a voz y voto.
    La integración exacta de cada Consejo de Facultad será determinada en el reglamento respectivo, aprobado por resolución del Rector o de la Rectora.
    Quienes representen a los estamentos académico, administrativo y estudiantil durarán en sus cargos dos años. Las y los representantes del estamento estudiantil deberán mantener un buen rendimiento académico.