Artículo 28.- Funciones del Consejo de Facultad. Las funciones del Consejo de Facultad serán normativas y resolutivas, entre ellas:

    a)  Velar por el cumplimiento de las políticas generales de la Universidad de Santiago de Chile.
    b)  Aprobar la organización académica y la estructura de la respectiva Facultad.
    c)  Aprobar las políticas, el Plan Estratégico de la Facultad y los programas.
    d)  Las demás que establezca el reglamento respectivo.