MODIFICA RESOLUCIÓN N° 325 EXENTA (V. Y U.), DE 2024, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS EN LAS COMUNAS DE LAS REGIONES QUE INDICA, MODIFICA LAS RESOLUCIONES N° 1.138 Y N° 1.315 EXENTAS, AMBAS DE (V. Y U.), DE 2024 Y APRUEBA NÓMINA DE PROYECTOS CALIFICADOS AL 6 DE AGOSTO DE 2024
   
    Santiago, 23 de septiembre de 2024.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.450 exenta.
   
    Visto:
   
    a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta N° 2.142 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2023, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2024 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011;
    c) La resolución exenta N° 325 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2024, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos en las comunas de las regiones que indica;
    d) La resolución exenta N° 1.138 (V. y U.), de fecha 26 de julio de 2024, que modifica resolución exenta N° 325 (V. y U.), de 2024, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos en las comunas de las regiones que indica, modifica resolución exenta N° 763 (V. y U.), de 2024, y aprueba nómina de proyectos calificados al 16 de mayo de 2024;
    e) La resolución exenta N° 1.315 (V. y U.), de fecha 23 de agosto de 2024, que aprueba proyectos de construcción en nuevos terrenos en las comunas de las regiones que indica calificados al 27 de junio de 2024 que postularon al llamado en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, dispuesto por la resolución exenta N° 325 (V. y U.), de 2024;
    f) La resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015 y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    g) La resolución exenta N° 490 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2023, que fija regulación para la prestación del servicio de Fiscalización Técnica de Obras, y
   
    Considerando:
   
    a) Que, mediante la resolución señalada en el visto c), se llamó a proceso de selección en condiciones especiales, a las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Magallanes y la Antártica Chilena, y Metropolitana, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de Postulación Colectiva a proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, con fechas de cierre los días 7 de marzo, 9 de abril, 16 de mayo, 27 de junio, 6 de agosto, 12 de septiembre y 21 de noviembre, todos de 2024.
    b) Que, conforme al procedimiento establecido en el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, corresponde aprobar la selección de las postulaciones presentadas hasta el cierre del día 6 de agosto, en el llamado a que se convocó mediante la resolución exenta indicada en el visto c) precedente, siendo necesario ajustar los recursos del mismo.
    c) Que las regiones que participan del presente cierre confirmaron mediante correo electrónico los montos de financiamiento de cada uno de los proyectos que se presentaron, según se describe en la siguiente tabla:
   
   
   
    d) Que, para el presente proceso de selección, los distintos Servicios participantes dieron cumplimiento a lo señalado en el inciso tercero del resuelvo 1. de la resolución citada en el visto c), relativo a presentar acta de calificación condicional o definitiva, según corresponda.
    e) Que, se seleccionó a las familias que integran los proyectos participantes al presente llamado, conforme a lo dispuesto en el resuelvo 3.1 de la resolución exenta indicada en el visto c) precedente, no procediendo el orden de prelación y cálculo de puntajes establecido en el artículo 22 y siguientes del reglamento del Programa.
    f) Que es necesario corregir la resolución citada en visto d), ya que existe un error en la cantidad de beneficiados del proyecto Lugar de Encuentro, código 175518 de la Región del Biobío.
    g) Que es necesario corregir la resolución citada en visto d), ya que existe un error en la cantidad de beneficiarios del proyecto Villa El Sol, código 160577, de la Región de Arica, por lo que dicto la siguiente
   
    Resolución:
   
    1. Modifícase la resolución exenta N° 325 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2024, en el siguiente sentido:
   
    a) Reemplazar la tabla inserta en su Resuelvo 2. por la siguiente:
   
   
   
   
    b) Agregar en el párrafo final de su Resuelvo 2, la siguiente frase a continuación de su punto final, pasando éste a ser punto seguido: "En el caso de proyectos que consideren la adscripción de beneficiarios de un subsidio individual, se considerará que disponen para la Fiscalización Técnica de Obras de 11 Unidades de Fomento. Con todo, siempre se pagará lo que corresponda según lo indique la normativa aplicable, sea por lo indicado en la resolución indicada en el visto h), o en la resolución indicada en el visto l) o por lo establecido en la presente resolución, según corresponda".
   
    2. Modifícase la resolución exenta N° 1.138 (V. y U.), de 2024, en el siguiente sentido:
   
    a) Reemplázase en la tabla inserta en el Resuelvo 3., los montos en las columnas que se indican a continuación:
   
    I. En su fila N° 17, correspondiente a la Región del Biobío, proyecto Lugar de Encuentro, código 175518, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
   
   
   
    II. En su fila correspondiente a Total, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
   
   
   
    b) Reemplázase en la tabla inserta en el Resuelvo 4., los montos en las columnas que se indican a continuación:
   
    I. En su fila N° 17, correspondiente a la Región del Biobío, proyecto Lugar de Encuentro, código 175518, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
   
   
   
    II. En su fila correspondiente a Total, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
   
   
   
    c) Reemplázase en el cuadro del Resuelvo 5., los siguientes montos en las columnas que se indican a continuación:
   
    I. En la fila correspondiente a la Región del Biobío, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
   
   
   
    II. En la fila correspondiente a Total Llamado, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
   
   
   
    d) Reemplázase en la tabla inserta en su Anexo Único, los montos en las columnas que se indican a continuación:
   
    I. En su fila N° 17, correspondiente a la Región del Biobío, proyecto Lugar de Encuentro, código 175518, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
   
   
   
    II. En su fila correspondiente a Total, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
   
   
   
    3. Modifícase la resolución exenta N° 1.315 (V. y U.), de 2024, en el siguiente sentido:
   
    a) Reemplázase en la tabla inserta en el Resuelvo 1., los montos en las columnas que se indican a continuación:
   
    I. En su fila N° 1, correspondiente a la Región de Arica, proyecto Villa El Sol, código 160577, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
   
   
   
    II. En su fila correspondiente a Total, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
   
   
   
    b) Reemplázase en la tabla inserta en el Resuelvo 2., los montos en las columnas que se indican a continuación:
   
    I. En su fila N° 1, correspondiente a la Región de Arica, proyecto Villa El Sol, código 160577, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
   
   
   
    II. En su fila correspondiente a Total, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
   
   
   
    c) Reemplázase en el cuadro del Resuelvo 3., los siguientes montos en las columnas que se indican a continuación:
   
    I. En la fila correspondiente a la Región de Arica, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
   
   
   
    II. En la fila correspondiente a Total Llamado, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
   
   
   
    d) Reemplázase en la tabla inserta en su Anexo Único, los montos en las columnas que se indican a continuación:
   
    I. En su fila N° 1, correspondiente a la Región de Arica, proyecto Villa El Sol, código 160577, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
   
   
   
    II. En su fila correspondiente a Total, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
   
   
   
    4. Apruébase la siguiente nómina de proyectos seleccionados, con su respectivo financiamiento total, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para los proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, en las regiones de  Arica, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, O'Higgins, Maule, Ñuble,  Araucanía, Los Lagos, Aysén, Magallanes y Metropolitana, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre de postulación se verificó el día 6 de agosto de 2024, del llamado efectuado por resolución exenta Nº 325 (V. y U.), de 2024:Resolución 2024 EXENTA,
VIVIENDA
N° 3 a)
D.O. 10.01.2025
   
   
   

    El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio base y subsidios complementarios para los proyectos seleccionados en el presente resuelvo y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente resolución.
    5. El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro del resuelvo 4. precedente comprende los siguientes valores por concepto de Servicios de Asistencia Técnica, de Labores de Fiscalización Técnica de Obra y Pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces:
   
   
   
   
    En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, y, de acuerdo con el número de familias postulantes que se beneficiarán por esta resolución, considerando los recursos para Asistencia Técnica descritos en las tablas insertas en los números 1.1 y 1.2 del numeral 1 del artículo 3° de la citada resolución. Se adiciona además 1,5 UF por familia, considerando lo señalado en el segundo inciso, del número 1.1. del numeral 1 del citado artículo. Este monto también incorpora los incrementos señalados en las letras a), b), c) y d) del numeral 3 del mismo artículo, referidos a Densificación en Altura o Habilitación, Factibilización, Discapacidad, Territorios Especiales y Localidades Aisladas, conforme lo define la referida resolución;
    Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras e), g), h), i), j) y k) del número 3 de su artículo 3°, o cuando corresponda aplicar lo señalado en el inciso 2 del número 8 de su artículo 2°.
    En el caso de la Fiscalización Técnica de Obras, de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto y según mecanismo expresado en el artículo 4° número 17 de la resolución exenta N° 1.875 ya citada y lo señalado en el resuelvo 2. de la resolución exenta N° 325 (V. y U), de 2024, para los proyectos señalados en las filas 7, 14, 23, 36, 37, 40, 41, 42, 43, 44 y 46 de la tabla inserta en el presente resuelvo. Así mismo, de acuerdo con la totalidad de viviendas y según el mecanismo expresado en la resolución exenta N° 490 (V. y U.), de 2023, citada en el visto f), fueron calculados los proyectos señalados en las filas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 38, 39, 45 y 47.
    6. Los recursos comprometidos en el Resuelvo 4. de la presente resolución, para los proyectos seleccionados en el cierre de postulación efectuado el día 6 de agosto de 2024, del concurso a que se llamó por resolución exenta N° 325 (V. y U.), de  2024, se resumen en el siguiente cuadro para cada región del país, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y las Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras:
   
   
    7. Establécese que la resolución exenta N° 325 de (V. y U.), de 2024, la resolución exenta N° 1.138 de (V. y U.), de 2024 y la resolución exenta N° 1.315 de (V. y U.), de 2024 se mantendrán vigentes en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
   

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.

    ANEXO ÚNICO
    FINANCIAMIENTO APROBADO PARA PROYECTOS SELECCIONADOS - LLAMADO EFECTUADO MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N° 325 (V. Y U.), DE 2024 - SELECCIÓN CIERRE DEL 06/08/2024Resolución 2024 EXENTA,
VIVIENDA
N° 3 c)
D.O. 10.01.2025