MODIFICA RESOLUCIÓN ELECTRÓNICA N° 1.219 EXENTA, DE ESTA SEREMI, DE FECHA 30.08.2024, QUE REVOCÓ RESOLUCIÓN ELECTRÓNICA N° 1.167 EXENTA, DE ESTA SEREMI, DE FECHA 27.08.2024 SOBRE LLAMADO REGIONAL A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES AÑO 2024 PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS EN TERRENOS DE PROPIEDAD DEL SERVIU REGIÓN DEL BIOBÍO, UBICADOS EN LAS COMUNAS DE CONCEPCIÓN, HUALPÉN Y LOS ÁNGELES, REGULADO EN POR EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL DS N° 19 (V. Y U.), DE 2016, POR RAZONES QUE INDICÓ Y DISPUSO UN NUEVO LLAMADO EN SU REEMPLAZO
Núm. 1.508 exenta.- Concepción, 1 de octubre de 2024.
Vistos:
a) La Ley 19.880, de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
b) La resolución exenta electrónica N° 1.219, de esta Seremi, de fecha 30.08.2024, que revoca resolución exenta electrónica N° 1.167, de fecha 27.08.2024, sobre "Llamado Regional a concurso en condiciones especiales año 2024 para la presentación de proyectos en terrenos de propiedad del Serviu Región del Biobío, ubicados en las comunas de Concepción, Hualpén y Los Ángeles, regulado por el Programa de Integración Social y Territorial DS N° 19 (V. y U.), de 2016", por razones que indica y dispone un nuevo llamado en su reemplazo.
c) El Oficio Electrónico Ord. N° 6862, de la Directora de Serviu Región del Biobío, de fecha 24.09.2024, por medio del cual se solicita modificación de la resolución exenta electrónica N° 1.219, de esta Seremi, de fecha 30.08.2024.
d) El Memorándum N° 346, de 23.09.2024, del Departamento de Planes y Programas de esta Seremi, que indica las modificaciones solicitadas por Serviu y solicita confeccionar la resolución que modifique el llamado ya singularizado.
e) La resolución N° 7 de la Contraloría General de la República, de 2019, que fija normas sobre la exención del trámite de toma de razón.
f) El DS N° 397 (V. y U.), de 1976, que aprueba el Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; y
g) El DS N° 19 (V. y U.), de 2022, que designa Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío, y
Considerando:
a) Que, por medio del memorándum citado en el visto d) y complementado con el correo electrónico de fecha 30.09.2024, el Departamento de Planes y Programas informa que analizó la solicitud de Serviu Región del Biobío, y concluye que con el objetivo de permitir un mayor número de propuestas y que estas cuenten con un mejor análisis económico y de diseño urbano de acuerdo a lo solicitado, es necesario acceder a la solicitud de modificación de los plazos del llamado ya singularizado en los vistos de esta resolución, ampliándose la fecha de cierre para la presentación de proyectos hasta el 15 de noviembre de 2024.
b) Que, además, existiendo errores de cálculo y transcripción en algunos de los puntajes o fórmulas establecidas en el llamado, es necesaria su corrección, con el fin de otorgar claridad y certeza a quienes participen del llamado en cuestión.
c) Que, desde el punto de vista jurídico, es posible acceder a lo solicitado, por cuanto se trata de un acto favorable, respecto de una resolución de llamado que no ha producido efectos aún, amén de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley 19.880, que permite de oficio o a petición del interesado, aclarar los puntos dudosos u obscuros y rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo, por lo que se accederá a efectuar una modificación a la resolución exenta electrónica que contiene el Llamado Regional a concurso en Condiciones Especiales 2024, para la presentación de proyectos en terrenos de propiedad del Serviu Región del Biobío, ubicados en las comunas de Concepción, Hualpén y Los Ángeles, regulado en por el Programa de Integración Social y Territorial DS N° 19 (V. y U.), de 2016, por lo que dicto la siguiente:
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta electrónica N° 1.219, de esta Seremi, de fecha 30.08.2024, en los siguientes sentidos:
a. En el resuelvo 4, se debe reemplazar el cuadro que establece los plazos por el siguiente:

b. En el resuelvo 11 se deben efectuar las siguientes modificaciones:
i. En la tabla relativa a los Factores y Puntajes, en el Ítem II: Criterios de Selección Especial, letra a), donde dice: (máximo 300 puntos), debe decir: (máximo 400 puntos).
ii. En la tabla relativa a los Factores y Puntajes, en el Ítem II: Criterios de Selección Especial, en recuadro de Ponderación, donde dice: 35% (455 puntos máximos), debe decir: 35% (555 puntos máximos).
iii. Luego de la tabla señalada, relativa a los Factores y Puntajes, se debe reemplazar la fórmula que consolidad el puntaje final por la siguiente: Puntaje final = (Puntaje ítem Nº I * 0.50 + puntaje ítem II * 0.35 + puntaje ítem III * 0.15).
c. En el resuelvo 11.2 se debe modificar el título de la tabla "a) Diseño arquitectónico del conjunto", donde dice: 300 Puntos máximos, debe decir: 400 Puntos máximos.
2. Manténgase vigente la resolución exenta electrónica N° 1.219, de esta Seremi, de fecha 30.08.2024, en todo lo no modificado por el presente acto administrativo.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Claudia Toledo Alarcón, Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Biobío.