MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 663 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, QUE DISPONE LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.) DE 2011, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, EN LAS REGIONES QUE INDICA, MODIFICA LAS RESOLUCIONES EXENTAS Nº 1.571 Y Nº 1.810 (V. Y U.), AMBAS DEL AÑO 2023, Y LAS RESOLUCIONES Nº 301 Y Nº 302 EXENTAS (V. Y U.) AMBAS DEL AÑO 2024, QUE DISPONEN LA SELECCIÓN DE PROYECTOS
   
    Santiago, 8 de octubre de 2024.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.543 exenta.
   
    Visto:
   
    a) El DS Nº 49 (V. y U.) de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta Nº 1.767 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2022 y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2023 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.) de 2011;
    c) La resolución exenta Nº 663 (V. y U.), de fecha 22 de marzo de 2023 y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las comunas de las regiones que indica;
    d) La resolución exenta Nº 1.571 (V. y U.), de fecha 15 de septiembre de 2023 y sus modificaciones, que modifica la resolución exenta Nº 663 (V. y U.), de 2023, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las comunas de las regiones que indica y aprueba nómina de proyectos calificados al 18 de mayo de 2023;
    e) La resolución exenta Nº 1.810 (V. y U.), de fecha 26 de octubre de 2023, que modifica la resolución exenta Nº 663 (V. y U.), de 2023, y resolución exenta Nº 1.571 (V. y U.), de 2023, que aprueba proyectos de construcción en nuevos terrenos de la región que indica, calificado al 18 de mayo de 2023, en el sentido que indica y aprueba nómina de proyectos calificados al 20 de julio de 2023;
    f) La resolución exenta Nº 301 (V. y U.), de fecha 22 de febrero de 2024, y sus modificaciones, que modifica la resolución exenta Nº 663 (V. y U.), de fecha 22 de marzo de 2023, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las comunas de las regiones que indica y aprueba nómina de proyectos calificados al 21 de diciembre de 2023;
    g) La resolución exenta Nº 302 (V. y U.), de fecha 22 de febrero de 2024, y sus modificaciones, que complementa selección de proyectos calificados al año 2023, que postularon al llamado en condiciones especiales dispuesto por la resolución exenta Nº 663 (V. y U.), de 2023 y sus modificaciones, del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos Construcción en Nuevos Terrenos en las regiones que indica;
    h) La resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015 y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    i) Los ordinarios Nº 2.867 y 2.983, del Serviu de la Región del Biobío, de fecha 19 de abril de 2024 y 23 de abril de 2024, respectivamente, mediante los cuales solicita rectificar montos de subsidios asignados en las resoluciones citadas en los vistos e), f) y g), y
   
    Considerando:
   
    a) Que, mediante la resolución señalada en el visto c), se llamó a concurso en condiciones especiales, a las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Magallanes y la Antártica Chilena, y Metropolitana, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de Postulación Colectiva a proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, con fechas de cierre los días 6 de abril, 18 de mayo, 20 de julio, 28 de septiembre, 16 de noviembre y 21 de diciembre, todos de 2023.
    b) Que, la Región del Biobío, ha requerido mediante los oficios citados en el visto i), rectificar montos de subsidios asignados en las resoluciones citadas en los vistos e), f) y g), aun cuando los financiamientos fueron aprobados por el Subdepartamento de Sectores Vulnerables de la región, según lo señalado en el correo electrónico de fecha 17 de enero de 2024.
    c) Que, mediante la resolución citada en el visto e), se procedió a seleccionar los proyectos que se presentó en el llamado señalado en considerando a), en el cierre del 20 de julio de 2023, incluyendo entre otros, al proyecto Comité Pro Vivienda Mar Azul, código 133805, de la Región del Biobío, siendo necesario rectificar el monto de subsidio otorgado por concepto de Discapacidad y Movilidad reducida por cuanto su cálculo se estimó en base a información proveniente del sistema informático Umbral el que incluía mayor cantidad de personas con esas condiciones, por lo que arrojó un número de personas con discapacidad y Movilidad Reducida del proyecto distinto al que efectivamente corresponde. Esta corrección afecta además los montos de subsidio otorgados al proyecto por concepto de Asistencia Técnica.
    d) Que, mediante la resolución citada en el visto f), se procedió a seleccionar los proyectos que se presentaron en el llamado señalado en considerando a), en el cierre del 21 de diciembre de 2023, incluyendo entre otros, al proyecto lugar de encuentro, código 175518, de la Región del Biobío, siendo necesario rectificar el monto de subsidio otorgado por concepto de Incremento de Habilitación, por cuanto su cálculo se estimó en base a información proveniente del sistema informático Umbral. Esta corrección implica aumentar el subsidio otorgado de 0 a 3.828,86 Unidades de Fomento.
    e) Que, mediante la resolución citada en el visto g), complementó la selección de proyectos que se presentaron en el cierre del 21 de diciembre, incluyendo en la respectiva nómina complementaria, entre otros, los proyectos Nuevo Horizonte, código 175507 y Ruka Weichafe, código 171301 ambos de la Región del Biobío, siendo necesario rectificar en el primero el monto de subsidio otorgado por concepto de Incremento de Habilitación, por cuanto su cálculo se estimó en base a información proveniente del sistema informático Umbral. Esta corrección implica aumentar el subsidio otorgado de 0 a 4.635,77 Unidades de Fomento. Asimismo, en el segundo proyecto señalado, código 171301 es necesario rectificar el monto de subsidio otorgado por concepto de Subsidio Base, por cuanto su cálculo se estimó en base a información proveniente del sistema informático Umbral en donde no se contemplaron las Unidades de Fomento correspondientes al Plan de Descontaminación Atmosférica, por lo que se consideró un subsidio base distinto al que efectivamente corresponde.
    f) Que, mediante la resolución citada en el visto d), se procedió a seleccionar los proyectos que postularon al llamado señalado en el considerando a), en el cierre del 18 de mayo de 2023, incluyendo entre otros, al proyecto San Vicente I, código 170799 de la Región de Valparaíso, siendo necesario rectificar los Montos de Asistencia Técnica, Fiscalización Técnica de Obras y Gastos del Conservador de Bienes Raíces asignados, los cuales por un error de transcripción registran montos equívocos.
    g) Que, a través de este acto, es necesario rectificar los montos otorgados mediante las resoluciones citadas en los vistos d), e), f) y g) precedentes respecto de los proyectos identificados en los considerandos c), d), e) y f), dicto la siguiente,
   
    Resolución:
   
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 663 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su resuelvo 2 por la siguiente:
    2. Modifícase la resolución exenta Nº 1.571 (V. y U.), de 2023, en la tabla inserta en el resuelvo 3, en su fila Nº 6, correspondiente a la Región de Valparaíso, proyecto San Vicente I, código 170799, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
    3. Modifícase la resolución exenta Nº 1.810 (V. y U.), de 2023, en el siguiente sentido:
   
    I. Reemplázase en la tabla inserta en el resuelvo 3, en su fila Nº 10, correspondiente a la Región del Biobío, proyecto Comité Pro Vivienda Mar Azul, código 133805, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
    II. Reemplázase en la tabla inserta en el resuelvo 4., en su fila Nº 10, correspondiente a la Región del Biobío, proyecto Comité Pro Vivienda Mar Azul, código 133805, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
   
    III. Reemplázase en el cuadro del resuelvo 5., los siguientes montos en las columnas que se indican a continuación:
   
    a) En la fila correspondiente a la Región del Biobío, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
    b) En la fila correspondiente a Total Llamado, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
    IV. Reemplázase en la tabla inserta en su Anexo Único, Selección Cierre del 20/07/2023, en su fila Nº 10, correspondiente a la Región del Biobío, proyecto Comité Pro Vivienda Mar Azul, código 133805, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
    4. Modifícase la resolución exenta Nº 301 (V. y U.), de 2024, en el siguiente sentido:
   
    a) Reemplázase en la tabla inserta en el resuelvo 2., los montos en las columnas que se indican a continuación:
   
    I. En su fila Nº 18, correspondiente a la Región del Biobío, proyecto Lugar de Encuentro, código 175518, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
    II. En su fila correspondiente a Total, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
    b) Reemplázase en el cuadro del Resuelvo 4., los siguientes montos en las columnas que se indican a continuación:
    I. En la fila correspondiente a la Región del Biobío, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
    II. En la fila correspondiente a Total Llamado, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
    c) Reemplázase en la tabla inserta en su Anexo Único, los montos en las columnas que se indican a continuación:
    I. En su fila Nº 18, correspondiente a la Región del Biobío, proyecto Lugar de Encuentro, código 175518, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
    II. En su fila correspondiente a Total, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
    5. Modifícase la resolución exenta Nº 302 (V. y U.), de 2024, en el siguiente sentido:
   
    a) Reemplázase en la tabla inserta en el resuelvo 1, los montos en las columnas que se indican a continuación:
   
    I. En su fila Nº 7, correspondiente a la Región del Biobío, proyecto Nuevo Horizonte, código 175507, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
   
    II. En su fila Nº 12, correspondiente a la Región del Biobío, proyecto Ruka Weichafe, código 171301, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
    III. En su fila correspondiente a Total, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
    b) Reemplázase el resuelvo 4, por el siguiente:
   
    "Los montos de subsidios asignados mediante la presente resolución, ascendentes a 3.968.385,9 Unidades de Fomento, se imputarán a los recursos dispuestos para el año 2024, para el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda de las regiones de Arica, Atacama, Biobío, Aysén, Magallanes y Metropolitana, según el siguiente detalle:
    d) Reemplázase en la tabla inserta en su Anexo Único, los montos en las columnas que se indican a continuación:
   
    I. En su fila Nº 7, correspondiente a la Región del Biobío, proyecto Nuevo Horizonte, código 175507, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
    II. En su fila Nº 12, correspondiente a la Región del Biobío, proyecto Ruka Weichafe, código 171301, el siguiente monto, solo en la columna que se identifica a continuación:
    III. En su fila correspondiente a Total, los siguientes montos, solo en las columnas que se identifican a continuación:
    6. Establécese que la autoridad del Serviu de la Región del Biobío, deberá tomar las medidas administrativas que resulten procedentes para que, en lo sucesivo, toda consulta relativa a la confirmación de montos para proceder a la selección o consulta que emane del nivel central para dichos efectos sea respondida en concordancia con lo evaluado por el Servicio, con el objeto de evitar inconsistencias como las que han sido abordadas mediante el presente acto administrativo.
    7. Establécese que las resoluciones exentas Nº 663 (V. y U.), de 2023, Nº 1.571 (V. y U.), de 2003, Nº 1.810 (V. y U.), de 2023, Nº 301 (V. y U.), de 2024, y Nº 302 (V. y U.), de 2024, se mantendrán vigentes en todo aquello que no ha sido modificado por esta resolución.
   




    Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.