NOTIFICACIÓN A PROPIETARIOS DE SITIOS ERIAZOS Y PROPIEDADES EN ESTADO DE ABANDONO COMUNA DE VIÑA DEL MAR
Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 58 Bis del decreto ley Nº 3.063, Ley de Rentas Municipales y Art. 2.5.1 de decreto supremo Nº 47/1992 Minvu , Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y en conjunto a Orden de Servicio Nº 46/2023, relacionada con el Plan de Prevención de Incendios Forestales que desarrolla el Municipio en conjunto con la Corporación Nacional Forestal, cumplo en requerir a los propietarios de los predios que se individualizan o quien sus derechos representen, ubicados en la comuna de Viña del Mar, para que ejecuten las mejoras relativas a mantener el predio en condiciones de seguridad, que eviten el riesgo de incendio y deterioro progresivo del sector, como también velar por su limpieza y materializar y/o reparar los cierros levantados en su frente hacia el espacio público (cuando corresponda), los cuales, deben respetar la Línea Oficial de calle.
Para el cumplimiento de lo solicitado se concede un plazo de 30 días, contados desde la fecha de esta notificación, la cual se realiza mediante esta publicación según lo dispuesto en la ley Nº 19.880, ya que los ordinarios remitidos por correo certificado a las direcciones registradas, fueron devueltos.
Se advierte que en caso de no ejecutar las obras requeridas dentro del plazo fijado, esta Alcaldía procederá a dictar el correspondiente decreto alcaldicio con la declaración del inmueble de su dominio como "propiedad abandonada".
Lo anterior implica que se aplicará una multa a beneficio municipal del 5% anual sobre el avalúo fiscal total de la propiedad.


Viña del Mar, 11 de octubre de 2024.- Jorge Collado Villagra, Secretario Municipal (S).