Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° del decreto de emisión, en el siguiente sentido:
   
    a) Incorpórase, en el inciso tercero, a continuación del punto final de la letra j), que pasa a ser punto y coma, las siguientes letras k), l) y m) nuevas:
   
    "k) Serie de bonos emitidos con fecha 31 de enero 2022, denominados y pagaderos en dólares USA que devengan una tasa de interés de 2,750% con vencimiento el 31 de enero 2027 y que fueron autorizados por el decreto supremo N° 2.683, de 2021, del Ministerio de Hacienda (en adelante, el "DS N° 2.683");
    l) Serie de bonos emitidos con fecha 26 de julio 2021, denominados y pagaderos en euros que devengan una tasa de interés de 0,100% con vencimiento el 26 de enero 2027 y que fueron autorizados por el decreto supremo N° 1.136, de 2021, del Ministerio de Hacienda (en adelante, el "DS N° 1.136");
    m) Serie de bonos emitidos con fecha 21 de septiembre 2021, denominados y pagaderos en euros que devengan una tasa de interés de 0,555% con vencimiento el 21 de enero 2029 y que fueron autorizados por el DS N° 1.136.".
   
    b) Incorpórase, a continuación del punto final del inciso segundo, lo siguiente: "Asimismo, podrán ser reabiertas las Series de Bonos cuya emisión haya sido autorizada a través del presente artículo.".