Decreto 14355
Decreto 14355 PROMULGA PRIMERA VERSIÓN DEL PLAN DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO
MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR
PROMULGA PRIMERA VERSIÓN DEL PLAN DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO
Viña del Mar, 18 de octubre de 2024.- Esta Alcaldía decretó hoy lo que sigue:
Núm. 14.355.
Vistos:
La Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº 18.575; la ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695; la ley 20.958, de 2016, que establece un sistema de aportes al espacio público; el decreto Nº 30 de 12 de abril de 2017, de la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece el reglamento sobre mitigación de impactos al sistema de movilidad local, derivados de proyectos de crecimiento urbano; el DFL Nº 458, de 1976; la Ley General de Urbanismo y Construcciones; el decreto supremo Nº 47 de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo: Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; Circulares de la División de Desarrollo Urbano (DDU) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Nº 439 y Nº 448 del año 2020; decreto alcaldicio Nº 13.129 de fecha 27 de septiembre de 2024.
Considerandos:
1. La ley Nº 20.958 que establece un Sistema de Aportes al Espacio Público, incorporó a DFL Nº 458 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, materias referentes a las Mitigaciones y Aportes al Espacio Público, definiendo un marco normativo que, a propósito del impacto que genera el desarrollo de proyectos inmobiliarios, busca mejorar el espacio público de manera universal, proporcional y predecible, a través de dos herramientas, mitigaciones directas y aportes al espacio público.
2. Para llevar adelante el objetivo de la referida ley, cada Municipio debe elaborar un "Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público" o llamado por su sigla "PIIMEP", el que debe contener una cartera priorizada de proyectos, obras y medidas, así como un plano que grafique con precisión la ubicación, los tramos de los proyectos, obras y medidas que hayan sido incorporados en la cartera.
3. El desarrollo y elaboración de este Plan, fue confeccionado por el equipo de Asesoría Urbana, en conjunto con los departamentos municipales de: Secretaría Comunal de Planificación, Departamento de Participación Ciudadana, Departamento de Comunicaciones y de manera colaborativa con los equipos de Medio Ambiente, Dirección de Desarrollo Comunitario, entre otros.
4. De acuerdo con el artículo 4 transitorio de la ley Nº 20.958, se efectuó la "Consulta pública" de manera digital, por medio de la plataforma de Participación ciudadana "Viña Decide", desde el 15 de mayo al 23 de junio de 2024, lo que fue certificado por la Secretaría Municipal, en su calidad de ministro de fe del proceso de participación ciudadana.
5. El proceso de votación pública fue extendido durante 7 días, sumado a los 30 días formales (con un total de 37 días), debido al frente de mal tiempo acaecido en la región, que consta en el decreto de Catástrofe del Ministerio del Interior Nº 202 de fecha 13 de junio 2024, y en el DA Nº 8.621 del 21 de junio de 2024.
6. El 1 de agosto del año en curso, fue expuesto ante el Concejo Municipal de Viña del Mar, el PIIMEP, el que incluye un diagnóstico integrado con la metodología de análisis de las problemáticas de planificación de la comuna, así como las distintas iniciativas de obras y proyectos levantados por la comunidad, en diferentes procesos de participación ciudadana y las Obras Priorizadas por sector, conforme los resultados de la Consulta Pública realizadas por el Municipio.
7. En conformidad con lo antes señalado, con el propósito de dar cumplimiento al mandato establecido por la ley Nº 20.958, por acuerdo del Concejo Municipal de Viña del Mar, en la Sesión Ordinaria del 6 de agosto de 2024, informada en el Ordinario Nº 396, de fecha 9 de agosto de 2024 y certificado por la Secretaría Municipal, con fecha 23 de agosto de 2024, se aproba el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público de Viña del Mar, permitieron contar con una cartera priorizada de proyectos.
Decreto:
1º Promúlgase la primera versión del Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público o también llamado por su sigla PIIMEP, de la comuna de Viña del Mar, en conformidad al cumplimiento de la ley 20.958, la que establece un sistema de Aportes al Espacio Público del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Este instrumento de planificación está compuesto de los siguientes documentos:
i. Una Memoria Explicativa, en la cual consta:
- Diagnóstico integrado comunal.
- Metodología de análisis de carencias y necesidades de la comuna, en materias de movilidad y espacio público.
- Plan de difusión y de participación ciudadana para la consulta pública.
- Obras priorizadas por la comunidad de obras y proyectos definidos en la consulta pública.
- Cartera final priorizada de obras y proyectos.
- Fichas de ubicación de los paquetes de obras y proyectos PIIMEP de la comuna.
ii. Un Plano que grafica con precisión la ubicación de la cartera priorizada de obras y proyectos de la comuna de Viña del Mar.
iii. Y otros documentos Anexos:
- Resumen ejecutivo.
- Cobertura de Información geoespacial referente a las propuestas comunales.
Los paquetes de obras y proyectos del "Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP) de la comuna de Viña del Mar", se compone según el siguiente listado y orden de sectores y prelación de ejecución de las obras.
1. Obras Priorizadas Sector de Achupallas


2. Obras Priorizadas Sector de Forestal

3. Obras Priorizadas Sector de Reñaca Alto

4. Obras Priorizadas Sector de Miraflores


5. Obras Priorizadas Sector de Recreo

6. Obras Priorizadas Sector de Viña Oriente

7. Obras Priorizadas Sector de Plan de Viña del Mar

8. Obras Priorizadas Sector de Nueva Aurora


9. Obras Priorizadas Sector de Gómez Carreño

10. Obras Priorizadas Sector de Chorrillos

11. Obras Priorizadas Sector de Santa Inés

12. Obras Priorizadas Sector de Reñaca

2° Notifíquese por la Secretaria Municipal copia del presente decreto alcaldicio a todas las direcciones municipales.
3º Publíquese, por medio del presente acto administrativo en el Diario Oficial y en el sitio web municipal.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 26-OCT-2024
|
26-OCT-2024 |
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