1. Modifícase la resolución exenta Nº 754 (V. y U.), de fecha 27 de mayo de 2024, según se indica:
1.1 Reemplázase el texto de la letra a) del resuelvo Nº 1 por el siguiente:
"a) En el primer proceso de selección, solo podrán postular las comunas que son parte del Programa Chile Cuida del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, señalado en el anexo Nº 2 y que no hayan sido beneficiadas anteriormente con un Centro Comunitario de Cuidado.
En el segundo proceso de selección, podrán participar todas aquellas comunas que sean parte o no del programa "Chile Cuida" y que no hayan sido beneficiadas anteriormente con un Centro Comunitario de Cuidado y no hayan presentado postulaciones en el primer proceso de selección de la presente resolución."
1.2 Reemplázase el resuelvo Nº 5 por el siguiente texto:
"El llamado considera 2 procesos de selección, cuyos plazos de inicio y cierre serán los siguientes:
El inicio de la digitación de las postulaciones se realizará a partir del segundo día hábil posterior a la fecha de la publicación de la presente resolución, y las selecciones de beneficiarios tendrán las siguientes fechas:
a) Primer proceso de selección-cierre: desde el 25 de noviembre de 2024.
b) Segundo proceso de selección-cierre: desde el 27 de diciembre de 2024."
1.3 Reemplázase el resuelvo Nº 7 por el siguiente:
"Los recursos disponibles para efectuar las selecciones de proyectos en cada proceso de selección, que incluyen el monto de subsidio más la asistencia técnica respectiva, son los siguientes:

Con estos montos se determinará, en cada proceso de selección, el número de postulantes que deberán presentar las carpetas de sus proyectos al Serviu, en formato físico o digital según lo indique cada Serviu.
También tendrán que presentar sus carpetas los postulantes de la lista de espera señalada en el segundo párrafo del numeral 2 del artículo 27 del DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, la cual, para ambos procesos de selección, estará compuesta por la totalidad de proyectos cuyas postulaciones hayan resultado hábiles.
Una vez finalizada la etapa de habilitación de cada uno de los procesos de selección, se podrán incrementar y/o redistribuir entre las regiones participantes los recursos que quedaren disponibles.
Si una vez finalizados ambos procesos de selección, quedaren proyectos calificados por Serviu y existiera disponibilidad de recursos para incrementar y complementar la selección de proyectos de este llamado, se conformará una única lista de espera según estricto orden de prelación."
1.4 Reemplázase en el "ANEXO 5 Factores de Puntaje variable 'Vulnerabilidad Comunal' para prelación nacional." por el siguiente:
FACTORES DE PUNTAJE COMUNAL
CENTROS COMUNITARIOS DE CUIDADOS Y PROYECCIÓN.






2. Establécese que la resolución exenta Nº 754 de (V. y U.), de 2024, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.