1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.), de 2003, que Fija Procedimiento Para Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa, en el siguiente sentido:
   
    1.1. Se reemplazan los cuadros "Valores Límites de Pavimentación" y "Valores Límites de Repavimentación", y sus respectivas notas explicativas, insertos en el inciso primero de la letra i) de su resuelvo 3º, por los siguientes:
   
   
    (1) El valor límite ($/m2) de los pavimentos y/o repavimentos para la comuna de Camarones es:
   
   
    El valor límite ($/m2) de los pavimentos y/o repavimentos para la comuna de Putre es:
   
   
    El valor límite ($/m2) de los pavimentos y/o repavimentos para la comuna de General Lagos es:
   
   
    Para las aceras en adocreto de la comuna de Arica, su valor límite en pavimentos es de $85.000/m2 y en repavimentos es de $94.000/m2.
    (2) Para la comuna de Colchane, los valores límites de pavimentos y repavimentos en adocretos es $115.500/m2 y $117.500/m2, respectivamente, tanto para calles como pasajes. Los valores límites de pavimentos y repavimentos en adoquín de piedra canteada es $135.500/m2 y $141.000/m2, respectivamente, tanto para calles como pasajes.
    El valor límite de aceras para la comuna de Colchane es de $72.500/m2 en pavimentos y $76.500/m2 en repavimentos.
    Para la comuna de Camiña, el valor límite de pavimentos de adocretos en calles y pasajes es $115.500/m2 y en repavimentos es $117.500/m2, y en pavimentos de calles y pasajes de adoquín canteado es $122.500/m2, y en repavimentos es $130.000/m2.
    El valor límite de aceras para la comuna de Camiña es $71.500/m2 en pavimentos y $75.500/m2 en repavimentos.
    El valor límite para centros poblados localizados en quebradas al interior de Huara, para pavimentos de adocretos en calles y pasajes es $109.000/m2 y para repavimentos de adocretos en calles y pasajes es $120.000/m2.
    El valor límite en la localidad de Pisagua para pavimentos de adocretos prefabricados en calles y pasajes es $101.000/m2, y para repavimentos de adocretos en calles y pasajes es $112.000/m2.
    En el caso de pavimentos en adocretos prefabricados para las restantes comunas de la Provincia del Tamarugal, el valor límite de pavimentación es $90.000/m2, y de $92.500/m2 en repavimentos. En pavimentos del adoquín canteado es $110.000/m2 y $114.000/m2 en repavimentos, tanto para calles como pasajes.
    (3) En el caso de los pavimentos y/o repavimentos en adocretos prefabricados de calzadas, el valor límite para la comuna de San Pedro de Atacama y localidades de Alto del Loa es $202.000/m2, y para las localidades de Socaire y Toconao es de $217.000/m2, tanto para calles como para pasajes. Para solo veredas de adocretos prefabricados, el valor límite de pavimentos y repavimentos para la comuna de San Pedro de Atacama y localidades de Alto del Loa es $97.000/m2, y para las localidades de Socaire y Toconao es de $100.000/m2.
    En el caso de los pavimentos y/o repavimentos de aceras en piedra canteada, el valor límite para la comuna de San Pedro de Atacama y localidades de Alto del Loa es $254.000/m2 y para las localidades de Socaire y Toconao es $266.000/m2.
    (4) En las comunas de la Provincia de Cardenal Caro y comunas de Lolol y Pumanque, los valores límites de pavimentación y de repavimentación ($/m2) son:
   
   
    (6) En las comunas de la Provincia de Palena, los valores límites ($/m2) son:
   
   
    (7) En las soluciones peatonales en madera calificadas por la respectiva Seremi el correspondiente valor límite de pavimentación para la localidad de Caleta Tortel es $305.500/m2 en calles y pasajes y para Grupo Gala de $278.000/m2 en calles y pasajes.
    En repavimentación las soluciones en madera su valor límite para la localidad de Caleta Tortel es $339.500/m2 en calles y pasajes y para el Grupo Gala $315.000/m2 en calles y pasajes.
    En el caso de las islas que forman parte de la comuna de Guaitecas, el valor límite de pavimentación en adocreto es $209.000/m2 para calles y pasajes y el valor límite de repavimentación en adocreto es $254.000/m2 para calles y pasajes. Para las aceras en HCV, el valor límite de los pavimentos es $57.000/m2 y en repavimentos es $76.500/m2.
    En las islas que forman parte de la comuna de Aysén, el valor límite de pavimentación en adocreto para calles y pasajes es 255.500/m2., y el valor límite de repavimentación en adocreto para calles y pasajes es $310.500/m2.
    Para la comuna de O'Higgins, el valor límite de pavimentación en adocreto es $284.000/m2 en calles y pasajes y para repavimentos en adocreto es $345.000/m2 en calles y pasajes.
    Para la localidad de Raúl Marín de comuna Cisnes, el valor límite en adocreto para pavimentación en calles y en pasajes es $243.000/m2 y para repavimentos es $323.500/m2, tanto para calles y pasajes.
    Para la localidad de Puyuhuapi de comuna de Cisnes el valor límite en adocreto para pavimentos en calles y en pasajes es $120.500/m2 y para repavimentos es $134.000/m2 respectivamente, tanto para pasajes y calles.
    Para la localidad de La Junta de comuna de Cisnes el valor límite en adocreto para pavimentos en calles y en pasajes es $156.500/m2 y para repavimentos es $174.000/m2 respectivamente, tanto para pasajes y calles.
    En localidad de Ñirehuao, comuna de Coyhaique, en adocreto el valor límite de los pavimentos es $152.000/m2, tanto para calles como pasajes y en repavimentos es $184.500/m2, tanto para calles como pasajes.
    En localidad de La Tapera, comuna de Lago Verde, en adocreto el valor límite de los pavimentos es $180.500/m2, tanto para calles como pasajes.
    Para las localidades de Chile Chico, en adocreto el valor límite de pavimentación es $194.000 y de repavimentación es $236.000/m2.
    En las localidades Puyuhuapi y La Junta de comuna de Cisnes el valor límite para pavimentos en hormigón de cemento vibrado respectivamente es $148.000/m2 y $159.000/m2 en calles y $139.000/m2 y $151.000/m2 en pasajes. El valor límite para repavimentos en hormigón de cemento vibrado en las localidades Puyuhuapi y La Junta de comuna de Cisnes respectivamente es $166.000/m2 y $179.000/m2 en calles y $154.000/m2 y $167.000/m2 en pasajes.
    En la comuna de O'Higgins el valor límite para pavimentos en Hormigón de Cemento Vibrado (HCV) es $209.000/m2 en calles y $195.000/m2 para pasajes. Para aceras en la comuna de O'Higgins el valor límite de los pavimentos es $81.500/m2 y de repavimentos $111.000/m2.
    En el caso de la comuna de Lago Verde para aceras de HCV el valor límite de los pavimentos es $68.500/m2 y en repavimentos respectivamente es $75.000/m2.
    (8) En la comuna de Cabo de Hornos, los valores límites en $/m2 son:
   
   
    (9) El valor límite tanto para la acción pavimentación como repavimentación para solución de aceras en baldosas tipo municipal es $81.000/m2.
    (10) El valor límite tanto para la acción pavimentación como repavimentación para solución de aceras en baldosas tipo colonial es $86.100/m2.
    (11) El valor límite tanto para la acción pavimentación como repavimentación para solución de aceras en baldosas tipo HCV micro vibrada es $70.000/m2.
    (12) Para la comuna de Cobquecura, los valores límites son:
   
   
    (13) Para solo aceras de baldosas el valor límite en pavimentos es $42.000/m2 y en repavimentos es $46.000/m2.
   
    1.2. Agrégase el siguiente nuevo artículo 38º transitorio:
   
    "Artículo 38º transitorio: En las regiones o comunas del país, que hayan sido decretadas como "zona afectada por catástrofe", mediante decreto supremo expedido por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, para el 34º Proceso de Selección de Proyectos del Programa de Pavimentación Participativa las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo podrán otorgar flexibilidad y coordinar con las respectivas Municipalidades el ingreso de las carpetas de postulación a dichas secretarías regionales ministeriales, las que contienen la documentación de respaldo en original y es requisito de postulación al Programa de Pavimentación Participativa.
    Sin embargo, en dichas regiones o comunas las solicitudes de inscripción para postular conforme al Programa de Pavimentación Participativa deberán ser ingresadas al sistema informático existente para estos efectos, como también la documentación requerida o de respaldo, especificadas en el Inciso primero, y en el inciso final del Resuelvo 3º de la Resolución Exenta N° 1.820 (V. y U.) de 2003, que Fija Procedimiento Para Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa, no siendo necesario en el 34º Proceso de Selección de Proyectos del Programa de Pavimentación Participativa el ingreso a la oficina de partes de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo que corresponda de la postulación y respectiva carpeta con la documentación de respaldo en original.
    Para estos efectos, las postulaciones con la documentación de respaldo en original deberán ser resguardadas por la Municipalidad y con posterioridad a este llamado ingresada a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo respectiva, apenas sea posible, según coordinación regional. La Municipalidad deberá ingresar a la oficina de partes o a la oficina de partes electrónica o mediante correo electrónico de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, a más tardar en la fecha de cierre de recepción de postulaciones, el oficio conductor del Alcalde al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo con su postulación, para los efectos de contabilizar la fecha de ingreso para efectos de su validación y determinación del puntaje por este factor.".
   
    2. Establécese que la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.) de 2003, y sus modificaciones, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.