DECLARA DUELO OFICIAL, POR UN DÍA, CON OCASIÓN DEL FALLECIMIENTO DE DOÑA CAROLINA VALDIVIA TORRES
   
    Núm. 2.770 exento.- Santiago, 12 de noviembre de 2024.
   
    Visto:
   
    Lo dispuesto en el decreto supremo 171, del año 2016, del Ministerio de Relaciones Exteriores, sobre Reglamento de Ceremonial Público y Protocolo; en el decreto supremo Nº 19, de 22 de enero de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y en las resoluciones 6 y 7, del año 2019, de la Contraloría General de la República.
   
    Considerando:
   
    1.- Que el país se ha impuesto con pesar del fallecimiento de doña Carolina Valdivia Torres, abogada, quien cumplió una destacada trayectoria en el ámbito de las relaciones exteriores de nuestro país.
    2.- Realizó sus estudios universitarios de derecho en la Pontificia Universidad Católica de Chile, cursando posteriormente un magíster en derecho y economía en la Universidad Complutense de Madrid, así como estudios en la Academia Diplomática Andrés Bello.
    3.- Ejerció la docencia en la cátedra de Derecho Internacional de la PUC, y dictó diversos cursos en la Academia Diplomática, así como a funcionarios de la Cancillería y otros órganos del Estado.
    4.- En el Ministerio de Relaciones Exteriores desempeñó diversos cargos y misiones diplomáticas.
    Desde el mes de agosto del año 2018 hasta febrero del año 2022 se desempeñó como Subsecretaria de Relaciones Exteriores y, luego, como Ministra subrogante de la misma Cartera hasta el término de la administración de la época.
    5.- Las autoridades públicas adhieren a este sentimiento de pesar y estiman un deber honrar el legado de servicio al país que deja la valiosa trayectoria de doña Carolina Valdivia Torres, declarando Duelo Oficial con motivo de su sensible fallecimiento.
   
    Decreto:

    Artículo primero:  Declárase Duelo Oficial el día 13 de noviembre del año 2024, con motivo del fallecimiento de doña Carolina Valdivia Torres.


    Artículo segundo: Durante el día señalado se izará el Pabellón Nacional a media asta en las sedes del Gobierno, en las oficinas y reparticiones públicas y en las Unidades de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.

    Artículo tercero:  Facúltese a las personas y entidades particulares para izar el Pabellón Nacional, en igual forma y oportunidad, en todos los edificios, residencias o establecimientos de carácter privado.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carolina Tohá Morales, Ministra del Interior y Seguridad Pública.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Luis Cordero Vega, Subsecretario del Interior.