MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 339 EXENTA (V. Y U.), DE 2024, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011 Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN TERRENOS SERVIU, MODALIDAD CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, CON VIVIENDA INDUSTRIALIZADA; LA RESOLUCIÓN N° 1.366 EXENTA (V. Y U.), DE 2024, QUE APRUEBA LA SELECCIÓN DE PROYECTOS SELECCIONADOS HASTA EL 19 DE JULIO DE 2024, Y APRUEBA NUEVA NÓMINA DE PROYECTOS SELECCIONADOS QUE SE INDICAN
   
    Santiago, 11 de noviembre de 2024.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.714 exenta.
   
    Visto:
   
    a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta N° 2.142 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2023, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2024 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49 (V. y U.) de 2011;
    c) La resolución exenta N° 339 (V. y U.), de fecha 4 de marzo de 2024, y su modificación, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para el desarrollo de proyectos de construcción en terrenos Serviu, modalidad Construcción en Nuevos Terrenos, con Vivienda Industrializada;
    d) La resolución exenta N° 563 (V. y U.), de fecha 19 de abril de 2024, que designa a integrantes de la comisión de revisión y selección de iniciativas industrializadas, en el marco del llamado en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para el desarrollo de proyectos de construcción en terrenos Serviu, modalidad Construcción en Nuevos Terrenos, con Vivienda Industrializada, regulado por la resolución exenta citada en el visto c), precedente;
    e) La resolución exenta N° 1.071 (V. y U.), de fecha 18 de julio de 2024, que designa a integrante suplente de la comisión de revisión y selección de iniciativas industrializadas, en el marco del llamado en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para el desarrollo de proyectos de construcción en terrenos Serviu, modalidad Construcción en Nuevos Terrenos, con Vivienda Industrializada, regulado por la resolución exenta citada en el visto c);
    f) La resolución exenta N° 1.366 (V. y U.), de fecha 3 de septiembre de 2024, que aprueba nómina de proyectos seleccionados hasta el 19 de julio de 2024, referente a lo señalado en la resolución exenta N° 339 (V. y U.), de 2024, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para el desarrollo de proyectos de construcción en terrenos Serviu, modalidad construcción en nuevos terrenos, con vivienda industrializada;
    g) La resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    h) La resolución exenta N° 490 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2023, que fija regulación para la prestación del servicio de fiscalización técnica de obras, y
   
    Considerando:
   
    a) Que, mediante la resolución señalada en el visto c) y su modificación, se llamó a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para el desarrollo de proyectos de construcción en terrenos Serviu, modalidad Construcción en Nuevos Terrenos, con Vivienda Industrializada.
    b) Que, mediante las resoluciones señaladas en el visto d) y e) se designó integrantes y suplente de la comisión de revisión y selección de iniciativas industrializadas, en el marco del llamado en condiciones especiales, descrito en el considerando a). Mediante estas resoluciones, se establece que a partir de la fecha del oficio conductor a través del cual el Serviu presenta la iniciativa de postulación, se dispondrán de 5 días hábiles para que la comisión sesione y se pronuncie sobre la completitud de los antecedentes que se exigen en el resuelvo 4.2. de la resolución citada en el visto c).
    c) Que, mediante la resolución citada en el visto f) se procedió a la selección de 10 proyectos que cumplieron con las condiciones dispuestas en el llamado que se realizó mediante la resolución citada en el visto c).
    d) Que, concluida la evaluación de las iniciativas presentadas por parte de la comisión de revisión y selección de iniciativas industrializadas, resultan admisibles otros 3 proyectos, los que se citan a continuación:
   
    e) Que, en las actas que dan cuenta del proceso de la evaluación de los proyectos citados precedentemente, se han indicado diversas observaciones técnicas a las iniciativas, las que -conforme lo establece el llamado a postulación dispuesto mediante la resolución citada en el visto c)- deberán ser resueltas en la etapa de preparación y/o aprobación de cada uno de los proyectos.
    f) La necesidad de hacer aclaraciones al llamado convocado mediante la resolución citada en el visto c) en orden de estipular los mecanismos por los cuales los Serviu pueden proceder al concurso o licitación que les permitirá desarrollar el Diseño y Ejecución de los proyectos seleccionados.
    g) La necesidad de rectificar el número de viviendas del proyecto seleccionado en la resolución citada en el visto f), perteneciente a la Región del Biobío, código informático 185817, "CNT Vivienda Industrializada Terreno Serviu Coronel", de la comuna de Coronel, que por un error de transcripción quedó mal digitado.
    h) Que, resulta necesario, modificar las resoluciones exentas citadas en los vistos c) y f), en el sentido de lo expresado en los considerando f) y g), además de proceder a seleccionar los proyectos singularizados en el considerando d), dicto la siguiente,
   
    Resolución:


    1. Modifícase la resolución exenta N° 339 (V. y U.), de fecha 4 de marzo de 2024, en el siguiente sentido:
   
    a) Reemplazar en su resuelvo 3 el guarismo "2.860.000" por "1.725.800".
    b) Reemplazar el epígrafe de su resuelvo 5 por el siguiente: "De los mecanismos para convocar la construcción de los proyectos."
    c) Reemplazar la totalidad del resuelvo 5.1 por el siguiente:
   
    "5.1 Una vez seleccionada la iniciativa, el Serviu deberá proceder a la licitación o concurso que permita desarrollar tanto el Diseño como la Construcción de las obras, debiendo las ofertas ajustarse estrictamente a los recursos dispuestos en el presente llamado."
   
    2. Modifícase la resolución exenta N° 1.366 (V. y U.), de fecha 3 de septiembre de 2024, en el siguiente sentido:
   
    a) Reemplázase en la tabla inserta en su considerando c) el número de viviendas consignados para el proyecto CNT Vivienda Industrializada Terreno Serviu Coronel, Código 185817, de "14" a "38", quedando la tabla actualizada en el siguiente sentido:
   
    b) Modificar en la tabla inserta en su Resuelvo 1, en la columna N° de Viviendas, el guarismo consignado en la fila número 8 de "14" a "38", y en la fila total de "846" a "870" y modificar el monto indicado en la columna Total UF, en la fila la número 8 de "21.000" a "57.000" y en la fila total de "1.293.800" a "1.329.800", quedando la tabla actualizada de la siguiente forma:
   
    c) Modificar en la tabla inserta en su resuelvo 4, en la columna N° Unidades de Selección, el guarismo consignado en la fila correspondiente a Biobío de "38" a "62", y en la fila total de "846" a "870" y modificar el monto indicado en la columna Monto Subsidios (UF), en la fila correspondiente a Biobío de "57.000,00" a "93.000,00" y en la fila total de "1.293.800,00" a "1.329.800,00", quedando la tabla actualizada de la siguiente forma:
   
   
    3. Apruébase la siguiente nómina de postulaciones admisibles, resultando seleccionadas para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, con su respectivo financiamiento total, incluyendo los servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, correspondientes a 3 proyectos en la modalidad de Construcción en Nuevos Terrenos postulados de manera colectiva en las regiones Valparaíso y Los Lagos, todos correspondientes al proceso de selección del llamado efectuado por resolución exenta N° 339 (V. y U.), de 2024:
   
    4. Establécese que mediante resolución del Director o Directora del Serviu, deberán determinarse los montos de subsidio efectivos definitivos a aplicar, incluyendo los servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, identificando cada uno de ellos de acuerdo a las condiciones dispuestas en la resolución exenta N° 339 (V. y U.), de 2024.
    5. Las iniciativas aprobadas mediante esta resolución, deberán resolver las observaciones técnicas registradas en el Punto V, de cada una de las Actas que se generaron para cada proyecto seleccionado, documentos que se publicarán en el sitio web del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (www.minvu.gob.cl/postulaciones), una vez tramitada la presente resolución y cumplir con toda la normativa vigente aplicable al caso.
    6. Los recursos comprometidos en el Resuelvo 3. de la presente resolución, para los proyectos seleccionados en el llamado dispuesto por resolución exenta N° 339 (V. y U.), de 2024, se resumen en el siguiente cuadro, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas:
   
    7. Establézcase el cierre del proceso de postulación convocado por la resolución exenta N° 339 (V. y U.), de 2024.
   


    Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.