APRUEBA TASA DE CALCULO DE PATENTES CIPA
Núm. 441 exento.- Las Cabras, 1 de julio de 1998.- Considerando: El acuerdo del Concejo Municipal en sesión ordinaria de fecha 25 de junio de 1998, en que se aprueba reducir la tasa a que se refiere el artículo 24 del D.L. 3.063/79, que dice relación con el cálculo de Patentes CIPA.
Vistos:
D.L. 3.063/79, Ley de Rentas Municipales.
Las facultades que para los efectos me confiere la ley 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones,
D e c r e t o:
1.- Apruébase, a contar del 1 de enero de 1999, una tasa del dos coma ocho por mil, que se aplicará, según lo señala el artículo 24 del D.L. 3.063/79, a las Patentes CIPA de esta comuna.
Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Miriam Eustolia Jerez Cortés, Alcaldesa.- Juan Carlos Benavides Vargas, Secretario Municipal.