MODIFICA RESOLUCIÓN N° 632 EXENTA, DE 2023, QUE APRUEBA RESOLUCIÓN COMPLEMENTARIA DEL DECRETO SUPREMO N°26, DE 2023, DEL MINISTERIO DEL DEPORTE, EN EL SENTIDO QUE INDICA
   
    Núm. NC-00743/2024 exenta.- Santiago, 5 de noviembre de 2024.
   
    Vistos:
   
    a_ Lo dispuesto en los artículos 32 N°6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N°100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
    b_ La ley N°20.686, que crea el Ministerio del Deporte.
    c_ La ley N°19.712, de 2001, Ley del Deporte, artículo 12 literal n).
    d_ La ley 20.978, que reconoce el Deporte Adaptado y Paralímpico.
    e_ El DFL N°1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
    f_ La resolución N°7, de 2019, de la Contraloría General de la República; que fija normas sobre la exención del trámite de toma de razón.
    g_ El decreto supremo N°26 de 2023 del Ministerio del Deporte que Aprueba Nuevo Reglamento de Premios por la Obtención de Logros Deportivos.
    h_ La resolución exenta N°632 que "Aprueba Resolución Complementaria y Anexos del decreto supremo N° 26, de 2023, del Ministerio del Deporte".
    i_ La resolución exenta N°72, de 9 de febrero de 2024, del Ministerio del Deporte, que modifica resolución exenta N°632, de 18 de octubre de 2023, que aprueba resolución complementaria y anexos, del decreto supremo N°26 de 2023.
    j_ El oficio N°2801 de 18 de octubre de 2024, del Director Nacional Instituto Nacional de Deportes, en el que se solicita modificaciones a la resolución exenta N°632, de 2023, que aprobó la resolución complementaria y sus anexos del decreto supremo N°26, de 2023, del Ministerio del Deporte.
   
    Considerando:
   
    1.- Que, en el marco de sus atribuciones legales, el Ministerio del Deporte procedió a dictar el decreto supremo N°26, de 2023, que aprueba Nuevo Reglamento de Premios por la Obtención de Logros Deportivos, el cual fue publicado en el Diario Oficial con fecha 3 de octubre de 2023.
    2.- Que, conforme a lo establecido en el artículo 4° del citado Reglamento, la resolución Complementaria de Logros Deportivos y sus Premios, es el acto administrativo expedido por el Ministerio del Deporte, en el que se establecerán los logros deportivos, sus requisitos, los montos en dinero asignados a cada uno de ellos y la regulación de toda otra materia dispuesta por este reglamento.
    3.- Que, de acuerdo con el mandato citado precedentemente, el Ministerio del Deporte dicta la resolución exenta N°632, que aprueba resolución complementaria y anexos del decreto supremo N° 26, de 2023, del Ministerio del Deporte.
    4.- Que, en la aplicación práctica de la normativa prevista en la resolución complementaria, se ha detectado la necesidad de introducir una nueva modificación, de carácter específico, con el propósito de perfeccionar la normativa vigente.
    5.- Que, la primera modificación requerida, dice relación con la necesidad de clarificar la forma en la cual se deben pagar los logros deportivos en modalidades o pruebas individuales correspondientes a la categoría b.3 del artículo 12° de la citada resolución complementaria, esto es "Competiciones de actuación simultánea de más de cuatro componentes", ya que, por la naturaleza deportiva intrínseca de dichas pruebas, y de conformidad al principio de mérito deportivo, corresponde establecer expresamente que tales logros serán pagados de la misma forma en la que se pagan las modalidades colectivas.
    6.- Que, el segundo de los cambios requeridos es la modificación del artículo 14° literal a) de la resolución complementaria, con el propósito de ajustar la exigencia de mérito deportivo de dichos logros a la realidad competitiva del deporte paralímpico y de modalidades convencionales, caracterizadas por la baja cantidad de competidores, lo cual hace aconsejable, reducir la exigencia actual de "dos o más competidores" establecido en la norma actual, a "uno o más competidores".
   
    Resuelvo:


    1.- Agrégase un inciso final nuevo al artículo 13° de la resolución exenta N°632, de 2023, del Ministerio del Deporte, del siguiente tenor:
   
    "Los logros deportivos obtenidos en modalidades y pruebas establecidas en el artículo 12°, literal b3. del presente Reglamento, serán pagados de la misma forma y bajo las mismas reglas con las que se pagan las modalidades colectivas en este Reglamento."
   
    2.- Modifícase el artículo 14°, literal a), de la resolución exenta N°632, de 2023, del Ministerio del Deporte, en el siguiente sentido:
   
    Reemplázase la frase; "y habiendo enfrentado y vencido a dos o más contrincantes", por la frase " y habiendo enfrentado y vencido específicamente a uno o más contrincantes. Para los efectos de esta Resolución Complementaria, no se consideran como logros deportivos, los resultados generales obtenidos como país, mediante la sumatoria de resultados de distintos deportistas".
   
    3.- Póngase en conocimiento del Instituto Nacional de Deportes de Chile la presente modificación de la resolución complementaria que se aprueban por el presente acto administrativo para que sean aplicados en la administración de la entrega de los Premios por la Obtención de Logros Deportivos.
    4.- Publíquese el presente acto administrativo en el enlace de Gobierno Transparente del sitio electrónico de este Ministerio.
   

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Jaime Pizarro Herrera, Ministro del Deporte.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Atentamente, Antonia Illanes Riquelme, Subsecretaria del Deporte.