1.- Agrégase un inciso final nuevo al artículo 13° de la resolución exenta N°632, de 2023, del Ministerio del Deporte, del siguiente tenor:
   
    "Los logros deportivos obtenidos en modalidades y pruebas establecidas en el artículo 12°, literal b3. del presente Reglamento, serán pagados de la misma forma y bajo las mismas reglas con las que se pagan las modalidades colectivas en este Reglamento."
   
    2.- Modifícase el artículo 14°, literal a), de la resolución exenta N°632, de 2023, del Ministerio del Deporte, en el siguiente sentido:
   
    Reemplázase la frase; "y habiendo enfrentado y vencido a dos o más contrincantes", por la frase " y habiendo enfrentado y vencido específicamente a uno o más contrincantes. Para los efectos de esta Resolución Complementaria, no se consideran como logros deportivos, los resultados generales obtenidos como país, mediante la sumatoria de resultados de distintos deportistas".
   
    3.- Póngase en conocimiento del Instituto Nacional de Deportes de Chile la presente modificación de la resolución complementaria que se aprueban por el presente acto administrativo para que sean aplicados en la administración de la entrega de los Premios por la Obtención de Logros Deportivos.
    4.- Publíquese el presente acto administrativo en el enlace de Gobierno Transparente del sitio electrónico de este Ministerio.