ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO EN SU SESION Nº 688E


    Certifico que el Consejo del Banco Central de Chile, en su Sesión Nº 688E, celebrada el 6 de julio de 1998, adoptó el siguiente Acuerdo:

    688E-02-980706 - Modifica Capítulo IV.B.10 e incorpora el Capítulo IV.B.10.1 al Compendio de Normas Financieras.

Se acordó efectuar las siguientes modificaciones en el Compendio de Normas Financieras:

1º      Modificar el Capítulo IV.B.10, incorporando el siguiente nuevo inciso final al número 9:
      ''Los Pagarés correspondientes a una emisión podrán ser emitidos, en su totalidad o en parte de ella, sin impresión física de los mismos, en caso que los adjudicatarios otorguen mandato al Banco Central de Chile para su entrega a una empresa de depósito de valores''.

2º      Incorporar el siguiente Capítulo IV.B.10.1:

''REGLAMENTO LICITACION DE VENTA DE PAGARES REAJUSTABLES
EN DOLARES DEL BANCO CENTRAL DE CHILE (P.R.D.)

Las licitaciones de venta de Pagarés Reajustables en dólares del Banco Central de Chile (P.R.D.) se sujetarán a las condiciones que se establecen en el siguiente Reglamento:

Participantes

1.-      El Banco Central de Chile podrá invitar a participar en las licitaciones de ventas de Pagarés Reajustables en dólares del Banco Central de Chile  a uno o más grupos de instituciones o agentes financieros, señalados en el Anexo Nº 1 del Capítulo IV.B.8 de este Compendio, según lo determine en cada oportunidad.

Calendario de licitaciones

2.-      La recepción de ofertas y adjudicación de la licitación se efectuará en las fechas que este Banco Central determine, las que se comunicarán oportunamente a las instituciones autorizadas.

Anuncio de la licitación

3.-      El anuncio de la licitación y entrega de bases se realizará hasta las 16:30 horas del día hábil bancario inmediatamente anterior a la respectiva licitación.
      Las bases de licitación serán entregadas por la Gerencia de Operaciones Monetarias, a través del Departamento Operaciones de Mercado Abierto, Agustinas 1180.
      No obstante lo anterior, el anuncio de la licitación podrá efectuarse el mismo día en que ésta se realice, lo que deberá comunicarse telefónicamente, o por cualquier otro medio que el Banco Central estime conveniente, a las entidades participantes a través de la Mesa de Dinero, señalándose las condiciones financieras de la misma.

Presentación de las ofertas

4.-      Las ofertas deberán presentarse en el formulario de licitación de estos Pagarés (Anexo Nº 1 o Anexo Nº 2), conforme se determine en las condiciones de licitación respectivas, el que debe venir incluido en el sobre ''Oferta para la licitación de Pagarés Reajustables en dólares del Banco Central de Chile (P.R.D.)''. Este material puede ser retirado por las instituciones interesadas en la Sección Operaciones de Mercado Abierto, Agustinas 1180.
5.-      Las ofertas deberán venir en sobre cerrado.
6.-      En cada sobre cerrado podrán incluirse hasta tres ofertas, pero cada una deberá venir expresada en formulario aparte.

Recepción de las ofertas

7.-      Las ofertas se recibirán hasta la hora que se indique en las correspondientes bases o en la comunicación telefónica de licitación, en la Sección Operaciones de Mercado Abierto, Agustinas 1180.
8.-      A cada sobre recibido se le asignará un número, entregándole al interesado un comprobante de recepción.
9.-      El sobre será depositado por el funcionario de la institución participante en una urna que habrá disponible para tal efecto.
10.-      El Banco Central de Chile se reserva el derecho de rechazar una o más ofertas sin expresión de causa.

Tipos de ofertas

11.-      Podrán existir dos modalidades de ofertas de licitación: competitivas y no competitivas, o sólo competitivas, según se determine en cada oportunidad en las bases o en la comunicación telefónica de licitación de P.R.D.

Oferta competitiva:      En ésta deberá estipularse el monto de Pagarés (P.R.D.) que la institución desea adjudicarse, expresado en dólares de los Estados Unidos de América y la tasa de descuento por el plazo al cual se emiten los pagarés. Si no se indicare esta última tasa, se entenderá que ella es igual a 0,0000 (cero).
Oferta no competitiva:      En ésta deberá estipularse solamente el monto de Pagarés (P.R.D.) que se demanda, expresado en dólares de los Estados Unidos de América.
Dicho monto será adjudicado por el Banco Central de Chile a la tasa de descuento promedio ponderada correspondiente a las ofertas competitivas adjudicadas.

Sistema de adjudicación

12.-      El procedimiento de adjudicación será el siguiente:

12.1    Licitación con ofertas competitivas y no competitivas.
a)      Se sumará el total de ofertas no competitivas.
b)      Este total se restará al monto total de Pagarés (P.R.D.) ofrecido en licitación.
c)      La diferencia se adjudicará entre las ofertas competitivas recibidas, ordenadas de acuerdo a las menores tasas de descuento ofrecidas.
      En el caso de que dos o más ofertas tengan la misma tasa y el remanente sea insuficiente para satisfacerlas en su totalidad, el saldo se distribuirá en la proporción que corresponda a cada oferta sobre el total ofrecido a la misma tasa.
d)      El Banco Central de Chile podrá a su arbitrio aumentar o disminuir, hasta en un 10%, el monto total de los Pagarés (P.R.D) en licitación.
e)      La adjudicación de las ofertas no competitivas se efectuará a la tasa de descuento promedio ponderada de las ofertas competitivas aceptadas.
f)      En caso que se licite un monto determinable, el procedimiento de adjudicación será similar al señalado en las letras anteriores. En este evento, el Gerente General determinará el monto definitivo a asignar, en base a la tasa de corte que él fije.

12.2    Licitación con ofertas sólo competitivas.

a)      Las ofertas se ordenarán de acuerdo a las menores tasas de descuento ofrecidas.
        En el caso de que dos o más ofertas tengan la misma tasa y el remanente sea insuficiente para satisfacerlas en su totalidad, el saldo se distribuirá en la proporción que corresponda a cada oferta sobre el total ofrecido a la misma tasa de descuento.
b)      El Banco Central de Chile podrá a su arbitrio aumentar o disminuir, hasta en un 10%, el monto total de los Pagarés (P.R.D.) en licitación.
c)      El Banco Central de Chile adjudicará en función a la tasa de corte fijada por el Gerente General y corresponderá a la mayor tasa de descuento adjudicada.
d)      El Banco Central de Chile podrá otorgar la opción, a las instituciones que resultaren adjudicadas, de utilizar la tasa de corte de licitación para efectos de calcular el precio a pagar por su oferta. Lo anterior, deberá estipularse en cada oportunidad en las bases o en la comunicación telefónica de licitación de P.R.D.
e)      En caso que se licite un monto determinable, el procedimiento de adjudicación será similar al señalado en las letras anteriores. En este evento, el Gerente General determinará el monto definitivo a asignar, en base a la tasa de corte que él fije.

Comunicación de resultados

13.-      Una vez realizada la adjudicación se comunicará telefónicamente el resultado a las instituciones adjudicatarias, las que, de ser necesario, indicarán los cortes requeridos. En caso de no poder establecerse comunicación, el Banco Central de Chile fijará los cortes que estime convenientes.
14.-      A partir del día siguiente al de la adjudicación, el Departamento Operaciones de Mercado Abierto tendrá a disposición de las instituciones interesadas, un Acta con los resultados de la licitación.

Emisión de los Pagarés (P.R.D.)

15.-      Los Pagarés (P.R.D.) serán emitidos en cortes de 50.000, 100.000, 500.000 y 1.000.000 de dólares de los Estados Unidos de América.
16.-      La fecha de emisión de los Pagarés (P.R.D.) será la del día primero de cada mes en que se efectúen licitaciones.
          Los Pagarés (P.R.D.) se entregarán a las instituciones adjudicatarias en el Departamento Tesorería, Agustinas Nº 1180, Santiago, el tercer día hábil bancario siguiente a la fecha de adjudicación.

Determinación y pago del precio de adquisición de los Pagarés (P.R.D.)

17.-      El precio de adquisición de los Pagarés Reajustables en dólares del Banco Central de Chile (P.R.D.)  se determinará en la forma siguiente:

a)        Para las empresas bancarias y sociedades financieras, será el valor que resulte de restar el descuento ofrecido al monto en dólares de los Estados Unidos de América del valor par del Pagaré (P.R.D.) al día del pago. Para convertir el precio resultante al equivalente en pesos se utilizará el tipo de cambio a que se refiere el Nº 6 del Capítulo I del Título I del Compendio de Normas de Cambios Internacionales vigente a la fecha de adjudicación.
b)        Para las Administradoras de Fondos de Pensiones, Compañías de Seguros y Administradoras de Fondos Mutuos, será el valor que resulte de restar el descuento ofrecido al monto en dólares de los Estados Unidos de América del valor par del Pagaré (P.R.D.) al día hábil bancario siguiente al del pago. Para convertir el precio resultante al equivalente en pesos se utilizará el tipo de cambio a que se refiere el Nº 6 del Capítulo I del Título I del Compendio de Normas de Cambios Internacionales vigente a la fecha de adjudicación.

El valor par de un dólar de los Estados Unidos de América, para los efectos de calcular el precio de adquisición de los P.R.D., estará contenido en las bases o en la comunicación telefónica de licitación.
En el caso de las empresas bancarias y sociedades financieras, el precio se pagará el mismo día de la adjudicación de los Pagarés (P.R.D.) o bien el día hábil bancario siguiente, según se indique en las bases o en la comunicación telefónica de licitación, y se hará efectivo a través de un cargo en la cuenta corriente que mantenga la respectiva institución financiera adjudicataria en el Banco Central de Chile.
Tratándose de las Administradoras de Fondos de Pensiones, Compañías de Seguros y Administradoras de Fondos Mutuos, el precio se pagará con un vale vista a la orden del Banco Central de Chile, el que deberá ser entregado en la Sección Operaciones de Mercado Abierto del Banco Central, Agustinas Nº 1180, antes de las 15:00 horas del día de la adjudicación o bien el día hábil bancario siguiente a éste, según se indique en la comunicación telefónica o en las bases de licitación.
Este vale vista se hará efectivo el día hábil bancario siguiente al de su recepción.
En el evento que una Administradora de Fondos de Pensiones, Compañía de Seguros o Administradora de Fondos Mutuos no entregue, en tiempo y forma, el correspondiente vale vista, el Banco Central de Chile procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación.
En esta situación, la Administradora de Fondos de Pensiones, Compañía de Seguros o Administradora de Fondos Mutuos deberá, además, pagar al Banco Central de Chile, a título de avaluación anticipada de perjuicios, una cantidad equivalente al 3% del precio adjudicado. El pago de esta cantidad se efectuará mediante un vale vista bancario a la orden del Banco Central de Chile, el cual deberá ser entregado en la Sección Operaciones de Mercado Abierto ya citada, antes de las 15:00 horas del día hábil bancario subsiguiente al de la adjudicación.
El Gerente General comunicará, a la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones, Compañía de Seguros o Administradora de Fondos Mutuos, por escrito y en cualquier tiempo anterior a las 12:00 horas del día hábil bancario subsiguiente al de la adjudicación, la situación a que se refiere el inciso anterior de este número.
Sin perjuicio de lo anterior, el Banco Central de Chile podrá suspender de participar en las licitaciones por el tiempo que determine, a la Administradora de Fondos de Pensiones, Compañía de Seguros o Administradora de Fondos Mutuos que incurra en este incumplimiento.

Rescate de los Pagarés (P.R.D.)

18.-      Los Pagarés (P.R.D.) serán rescatados y pagados por el Banco Central de Chile, al valor que tenga el tipo de cambio a que se refiere el Nº 6 del Capítulo I del Título I del Compendio de Normas de Cambios Internacionales vigente el día del vencimiento.
Este procedimiento se hará efectivo a través de un abono en la cuenta corriente de la empresa bancaria o sociedad financiera que presente el Pagaré (P.R.D.) para su cobro.
          En el caso de las Administradoras de Fondos de Pensiones, Compañías de Seguros y Administradoras de Fondos Mutuos, se procederá a pagar los títulos mediante la emisión de cheques del Banco Central de Chile. Para este efecto, las Administradoras de Fondos de Pensiones, Compañías de Seguros y Administradoras de Fondos Mutuos deberán presentar los títulos antes de las 12:00 horas, en el Departamento de Tesorería del Banco Central de Chile, Agustinas Nº 1180, Santiago.
          El cobro de los Pagarés (P.R.D.) cuyos tenedores no sean las entidades mencionadas en los incisos precedentes, se hará directamente en el Banco Central de Chile o por intermedio de la empresa bancaria o sociedad financiera autorizada para operar en el país, que designe el Banco Central de Chile. A este efecto, se deberán presentar los correspondientes Pagarés.
          No obstante lo anterior, el Banco Central de Chile podrá pagar los Pagarés (P.R.D.) a los tenedores que concurran al cobro representados por empresas de depósito de valores, sin necesidad de presentación inmediata de los correspondientes títulos, siempre que la empresa de depósito de valores que realiza el cobro haya suscrito el convenio establecido por el Instituto Emisor, mediante el cual ella adhiere a un procedimiento de rescate y pago definido por el Banco Central de Chile, que incluye a estos Pagarés (P.R.D.), y se obliga a restituir al Instituto Emisor, en la forma estipulada en dicho procedimiento, los valores representativos de los cobros que indebidamente se produzcan, por cualquier causa.
19.-      Los Pagarés (P.R.D.) que sean presentados al cobro con posterioridad a la fecha de su vencimiento, sólo serán pagados al valor del tipo de cambio a que se refiere el Nº 6 del Capítulo I del Título I del Compendio de Normas de Cambios Internacionales vigente a la fecha de vencimiento.

Anexos

20.-      El Gerente General estará facultado para efectuar las modificaciones que requieran los anexos de este capítulo.

                          ANEXO Nº 1

              OFERTA COMPETITIVA Y NO COMPETITIVA

PAGARES REAJUSTABLES EN DOLARES DEL BANCO CENTRAL DE
CHILE (P.R.D.)

Señores
Departamento Operaciones de Mercado Abierto
Banco Central de Chile
Presente

                                      PLAZO      :
AÑOS
                                      FECHA      :

Sírvanse aceptar nuestra oferta a la licitación de venta
de Pagarés Reajustables en dólares del Banco Central de
Chile (P.R.D.), en los siguientes términos:

NOMBRE INSTITUCION


OFERTA COMPETITIVA                        OFERTA NO COMPETITIVA

US$ (dólares de los                        US$ (dólares de los
                                                      Estados
Estados Unidos de América) o cualquier      Unidos de América)
                                        a la tasa de descuento
cantidad inferior según resultados de la    promedio ponderada
                                          de las ofertas  com-
licitación.                              petitivas aceptadas.

Tasa de descuento:        %
(máximo cuatro decimales)
Declaramos conocer y aceptar íntegramente el Reglamento de
Licitación de Venta de Pagarés Reajustables en dólares del Banco
Central de Chile (P.R.D.) y las bases correspondientes a esta
licitación.


                                    FIRMA AUTORIZADA Y TIMBRE
Instrucciones:

1.-      No modifique el texto del presente formulario.
2.-      Cada oferta deberá presentarse en formulario
separado.
3.-      Inserte su oferta en el sobre ''OFERTA PARA
LICITACION DE VENTA DE PAGARES REAJUSTABLES EN DOLARES
DEL BANCO CENTRAL DE CHILE''.
4.-      Se rechazará toda oferta que omita el nombre y
timbre de la institución participante. Del mismo modo se
procederá si la(s) persona(s) firmante(s) no cuenta(n)
con un facsímil de su firma en los registros del
Departamento Operaciones de Mercado Abierto.
5.-      Se considerará una tasa de descuento igual a
cero, para aquellas ofertas competitivas que dejen en
blanco el espacio correspondiente a dicha tasa.
6.-      En caso de existir enmendaduras la oferta será
rechazada.
7.-      En el caso que la tasa de descuento sea
negativa, se deberá anteponer el signo'-'.

                        ANEXO Nº 2

                    OFERTA COMPETITIVA

PAGARES REAJUSTABLES EN DOLARES DEL BANCO CENTRAL DE CHILE (P.R.D.)

Señores
Departamento Operaciones de Mercado Abierto
Banco Central de Chile
Presente

                                        PLAZO      :      AÑOS
                                        FECHA      :
Sírvanse aceptar nuestra oferta a la licitación de venta
de Pagarés Reajustables en dólares del Banco Central de
Chile (P.R.D.), en los siguientes términos:

NOMBRE INSTITUCION


OFERTA COMPETITIVA

US$        (dólares de los Estados Unidos de América) o
cualquier cantidad inferior según resultados de la
licitación.

Tasa de descuentos:        %
(máximo cuatro decimales)

Declaramos conocer y aceptar íntegramente el Reglamento
de Licitación de Venta de Pagarés Reajustables en
dólares del Banco Central de Chile (P.R.D.) y las bases
correspondientes a esta licitación.

                                    FIRMA AUTORIZADA
Y TIMBRE

Instrucciones:

1.-      No modifique el texto del presente formulario.
2.-      Cada oferta deberá presentarse en formulario separado.
3.-      Inserte su oferta en el sobre ''OFERTA PARA LICITACION DE VENTA DE PAGARES REAJUSTABLES EN DOLARES DEL BANCO CENTRAL DE CHILE''.
4.-      Se rechazará toda oferta que omita el nombre y timbre de la institución participante. Del mismo modo se procederá si la(s) persona(s) firmante(s) no cuenta(n) con un facsímil de su firma en los registros del Departamento Operaciones de Mercado Abierto.
5.-      Se considerará una tasa de descuento igual a cero, para aquellas ofertas competitivas que dejen en blanco el espacio correspondiente a dicha tasa.
6.-      En caso de existir enmendaduras la oferta será rechazada.
7.-      En el caso que la tasa de descuento sea negativa, se deberá anteponer el signo'-'.''

      Miguel Angel Nacrur Gazali, Ministro de Fe.