1º Ejecútase el Acuerdo de Consejo Nº 1.398, de 2024, que aprueba introducir una modificación a las Normas para el Otorgamiento del Subsidio General, en términos de establecer que habrá un porcentaje adicional de subsidio para aquellos beneficiarios del Instituto de Desarrollo Agropecuario, INDAP, que no cuenten con el Programa Especial de Apoyo a la Contratación del Seguro Agrícola, PACSA, de dicho Instituto.
2º Modifícase el texto del Reglamento por el cual deberá regirse el Otorgamiento del Subsidio General, y que fuera establecido por resolución afecta Nº 1 de 2016 y modificado por resoluciones afectas Nº 2 de 2017, Nº 2, de 2018, Nº 2, de 2019, Nº 3, de 2019, Nº 1, de 2020, Nº 1, de 2021 y Nº 2, de 2021, todas del Director Ejecutivo de Agroseguros, en el siguiente sentido:
Agrégase, como nuevo numeral 7 del Reglamento, referente a "NORMAS TRANSITORIAS", el siguiente texto:
"7. NORMAS TRANSITORIAS.
7.1. Adicionalmente a lo contemplado en el numeral 2, letra a y c, hasta el 31 de diciembre 2024, habrá un porcentaje adicional de subsidio para aquellos beneficiarios del Instituto de Desarrollo Agropecuario, INDAP, que no cuenten con el Programa Especial de Apoyo a la Contratación del Seguro Agrícola, PACSA, de dicho Instituto.
7.2 Este porcentaje adicional para los beneficiarios de INDAP antes definidos, variará conforme el porcentaje de la Prima Neta subsidiada por los conceptos del numeral 2, letra a y c, alcanzando hasta un 50% de la Prima Neta".
En lo demás se mantiene vigente y sin alteraciones la mencionada resolución (A) Nº 1, de 2016.
3º Esta modificación de Reglamento comenzará a regir a partir de la total tramitación de la presente resolución y de su publicación en el Diario Oficial.