MODIFICA RESOLUCIÓN N° 311 EXENTA (V. Y U.), DE 2024, QUE LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL CAPÍTULO PRIMERO, EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2016, A ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y JUNTAS DE VECINOS, REGIDAS POR LA LEY N° 19.418, FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, EL MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES Y SU DISTRIBUCIÓN
   
    Santiago, 19 de noviembre de 2024.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.759 exenta.
   
    Visto:
   
    a) El DS N° 27 (V. y U.), de 2016, que reglamenta el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
    b) La resolución exenta N° 311 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2024, que llama a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de Proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, a organizaciones comunitarias y juntas de vecinos, regidas por la ley N° 19.418, fija condiciones para su aplicación, el monto de recursos disponibles y su distribución;
    c) El correo electrónico de fecha 29 de octubre de 2024, del Encargado de la Oficina Programa Mejoramiento de Viviendas y Barrios - PPPF del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Valparaíso;
    d) El correo electrónico de fecha 6 de noviembre de 2024, del Coordinador UPH Sectores Medios, Arriendo y Mejoramiento de Vivienda del Departamento Operaciones Habitacionales del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Biobío;
    e) El correo electrónico de fecha 7 de noviembre de 2024, de la Jefa del Subdepartamento de Subsidios para Mejoramiento de Viviendas y Entorno, del Departamento de Asignación de Subsidios Habitacionales de la Subdirección de Operaciones Habitacionales del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano;
    f) El correo electrónico de fecha 7 de noviembre de 2024, de la Encargada de Evaluación Social de Subsidios Habitacionales del Departamento Operaciones Habitacionales del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía;
    g) El correo electrónico de fecha 11 de noviembre de 2024, de la Coordinadora de Evaluación DS 255/DS 27 del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins;
    h) El correo electrónico de fecha 11 de noviembre de 2024, del Encargado del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Maule.
   
    Considerando:
   
    a) Que, la implementación del llamado realizado mediante la resolución citada en el visto b) se realiza a través de una nueva plataforma informática cuya implementación ha significado mayores plazos en las distintas etapas del proceso de postulación;
   
    b) Que, el llamado realizado mediante la resolución citada en el visto b) establece que el inicio del proceso de digitación comenzará el día 3 de junio de 2024 y el proceso de selección será desde el 18 de noviembre de 2024.
    c) Los correos electrónicos citados en los vistos c), d), e), f), g), y h), de los Encargados del Capítulo del DS N° 27 (V. y U.), de 2016, que reglamenta el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, de los Servicios de Vivienda y Urbanización de las regiones de Valparaíso, del Biobío, Metropolitana, de Antofagasta, de La Araucanía, del Maule y del Libertador General Bernardo O'Higgins, en los cuales solicitan la ampliación de plazos para el proceso de revisión de proyectos considerando el alto número de proyectos a revisar y la gran cantidad de llamados a atender, motivo por el cual los equipos regionales del país presentan dificultad para cumplir con las fechas establecidas en el llamado;
    d) Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, se hace necesario extender el plazo de selección para todas las regiones del país, lo que posibilitará una adecuada implementación del llamado, dicto la siguiente
   
    Resolución:

   
    1. Modifícase la resolución exenta N° 311 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2024, en el sentido de reemplazar el Resuelvo 6. por el siguiente:
   
    "6. El inicio del proceso de digitación comenzará el día 3 de junio de 2024 y el llamado considera dos selecciones de beneficiarios, según la fecha de Revisión y Calificación de los proyectos, cuyos plazos serán los siguientes:
   
   
   
    Se delega en el Jefe de la División de Política Habitacional de este Ministerio, establecer mediante Circular, los plazos correspondientes a las fases del proceso de postulación referidas en la "Digitación", "Habilitación de postulaciones", "Comunicación de resultados de la etapa de Habilitación", "Presentación de proyectos", "Revisión y Calificación de los proyectos" y "Selección de beneficiarios"."
   
    2. Establécese que la resolución exenta N° 311 (V. y U.), de 2024, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
   
    Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.