DECLÁRASE PROPIEDAD ABANDONADA, EL BIEN INMUEBLE UBICADO EN SITIO N° 7 DE LA MANZANA H DE TERRENO SITUADO AL NORPONIENTE CONTIGUO A LA PLAYA "LOS BAJOS CHINCHORRO", ARICA
Núm. 10.650. - Arica, 16 de octubre de 2024.
Vistos:
Arts. 19 N° 24 y 118 y siguientes de Constitución Política de la República; ley N° 18.575; ley N° 18.695; ley N° 19.880; decreto ley N° 3.063 de 1979; Ley General de Urbanismo y Construcciones, y su Ordenanza General; oficio N° E475034 de Contraloría Regional Arica y Parinacota, de fecha 15 abril de 2024; oficio N° 1960 de Dirección de Obras Municipales, de fecha 23 julio de 2024; oficio N° 1036 de fecha 8 de octubre de 2024, de Dirección de Prevención y Seguridad Humana a Administración Municipal; otros antecedentes;
Considerando:
Que, por oficio N° E475034, de 15 de abril de 2024, Contraloría Regional de Arica y Parinacota instruye a Ilustre Municipalidad de Arica ejercer su facultad fiscalizadora sobre sitios eriazos y propiedades abandonadas.
Que, por oficio N° 1960 de 23 de julio de 2024, Dirección de Obras solicita a Administración Municipal se decrete estado de abandono del inmueble en Sitio N° 7, Manzana H de terreno situado al norponiente contiguo a playa Los Bajos Chichorros.
Que, por oficio N° 1036 de 8 octubre de 2024, la Dirección de Prevención y Seguridad Humana informa a Administración Municipal visita en terreno el 14 de agosto 2024, constatando que el inmueble se mantiene permanentemente desatendido, no cuenta con cierro y que en este se han producido circunstancias manifiestas de abandono que han afectado negativamente el entorno, como consumo de alcohol y drogas, microbasurales y otras incivilidades, considerando además el peligro que reviste para la seguridad de los vecinos y el entorno.
Que, en razón de lo expuesto y facultades contenidas en normativa que regula la materia,
Decreto:
1. Declárase propiedad abandonada, bien inmueble ubicado en Sitio N° 7 de Manzana H de terreno situado al norponiente contiguo a la playa Los Bajos Chichorro, comuna Arica, rol N° 635-7, con inscripción dominio a fojas 1518, número 1704, año 2017, Registro Propiedad del Conservador Bienes Raíces de Arica, a nombre del Servicio Regional de Vivienda y Urbanización de Arica y Parinacota, RUT N° 61.813.000-2, o quien acredite ser su dueño o sus derechos represente.
2. Remítanse por DIPRESEH, mediante denuncia, los antecedentes al Juzgado Policía Local de turno, a objeto de que se resuelva sobre aplicación de multa a beneficio municipal del 5% calculado sobre avalúo fiscal total de la propiedad, de conformidad a artículo 58 bis del decreto ley N° 3.063.
3. Notifícase el presente decreto alcaldicio, mediante carta certificada, a la Directora Regional, doña Gladys Acuña Rosales, RUT N° 12.909.953-4, o a quien represente legalmente a Servicio Regional del Servicio de Vivienda y Urbanización Arica y Parinacota, al siguiente domicilio: 18 de Septiembre N° 122, Arica.
4. Procédase por Asesoría Jurídica a redacción de extracto del presente decreto, el cual deberá publicarse en diario regional de circulación en comuna de Arica y/o en uno de circulación nacional.
5. Concédase al afectado por declaración de abandono de la propiedad, facultad de requerir a Ilustre Municipalidad de Arica término de tal declaración, si acredita variación de circunstancias.
6. Téngase presente que el costo que las obras y las publicaciones impliquen para Ilustre Municipalidad de Arica, será de cargo del propietario del inmueble, pudiendo esta Corporación Edilicia repetir en contra de éste.
7. Remítase copia del presente decreto a Servicio de Impuestos Internos, Asesoría Jurídica Municipal, Dirección Prevención y Seguridad Humana y Dirección Obras Municipales.-
Christian Díaz Ramírez, Alcalde (S) de Arica.- Carlos Castillo Galleguillos, Secretario Municipal.