MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 324 EXENTA (V. Y U.), DE 2024, Y SUS MODIFICACIONES, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL Y COLECTIVA PARA LAS TIPOLOGÍAS DE PEQUEÑO CONDOMINIO, DENSIFICACIÓN PREDIAL Y CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO, INCLUYENDO EL PROCEDIMIENTO DE AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA EN LOS CASOS QUE PROCEDE, Y APRUEBA NÓMINA DE PROYECTOS CALIFICADOS AL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Santiago, 20 de noviembre de 2024.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.770 exenta.
Vistos:
a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta Nº 2.142 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2023, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2024 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.) de 2011;
c) La resolución exenta Nº 324 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2024, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual y colectiva para las tipologías de Pequeño Condominio, Densificación Predial y Construcción en Sitio Propio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida en los casos que procede;
d) La resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, y el Oficio Ordinario Nº 985, de fecha 14 de junio de 2023, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, en el que entrega lineamientos respecto de la Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras;
e) La resolución exenta Nº 490 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2023, que fija regulación para la prestación del servicio de fiscalización técnica de obras, y
Considerando:
a) Que, mediante la resolución señalada en el Visto c), se llamó a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en la alternativa de postulación individual y colectiva para las tipologías de Pequeño Condominio, Densificación Predial y Construcción en Sitio Propio, que contasen con Certificado de Proyecto Calificado, además de señalar que podrán practicarse redistribuciones y/o ajustes al marco presupuestario del llamado, los que serán aprobados mediante resolución.
b) Que, el citado Llamado, dispuso la selección de los proyectos según el orden en que hubieran obtenido su calidad de Proyecto Calificado, sin necesidad de aplicar el orden de prelación y cálculo de puntajes establecido en los artículos 22 al 25 del reglamento del Programa.
c) Que, en base a lo descrito, se procede a la selección de proyectos de las tipologías convocadas, que estén calificados hasta el día 12 de septiembre de 2024, por lo que dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 324 (V. y U.), de 2024, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su Resuelvo 2. por la siguiente:

2. Apruébase la siguiente nómina de proyectos calificados al 30 de mayo de 2024, seleccionados para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, con su respectivo financiamiento total, incluyendo los servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, correspondientes a 54 proyectos en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, 44 de ellos postulados de manera individual en las regiones de Coquimbo, Maule, y Aysén del Gral. Carlos Ibáñez del Campo, y 10 postulados de manera colectiva en las regiones de Maule, Los Lagos, Aysén del Gral. Carlos Ibáñez del Campo, Metropolitana y Ñuble, además de 2 proyectos en la tipología Pequeño Condominio, postulados de manera colectiva en la Región Metropolitana, todos correspondientes al proceso de selección del llamado efectuado por resolución exenta Nº 324 (V. y U.), de 2024:
CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO



PEQUEÑO CONDOMINIO

El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio base y subsidios complementarios para cada uno de los proyectos seleccionados en el presente resuelvo y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente resolución.
3. El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro del Resuelvo 2 de esta resolución comprende los siguientes montos por concepto de Servicios de Asistencia Técnica, de Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces:
CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO

PEQUEÑO CONDOMINIO

Dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, mencionada en el Visto d), de la presente resolución:
a) En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, los montos a pagar se determinan de acuerdo al número de familias que se benefician por esta Resolución, conforme a lo establecido en el artículo 3, número 2 de la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones. En dicho monto, en los casos que correspondía, se incluyó los incrementos por concepto de Habilitación, Territorios Especiales y Localidades Aisladas, Discapacidad y Movilidad Reducida que determina la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones. En el caso de aquellos proyectos que se acogieron a lo establecido en el numeral 8.1. de la resolución exenta Nº 324 (V. y U.), de 2024, si bien les fue otorgado el monto de asistencia técnica correspondiente, de acuerdo a lo señalado precedentemente, para el pago de los servicios, el Serviu deberá haber otorgado la calificación definitiva del o los proyectos.
Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los Incrementos que la Resolución Exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que establece en las letras g.1), g.2), j) y k) del número 3 de su artículo 3º.
b) Los montos a pagar por la Fiscalización Técnica de Obras se determinan de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto, según el mecanismo expresado en la resolución exenta Nº 490 (V. y U.), de 2023.
4. Los proyectos seleccionados en el llamado dispuesto en la resolución exenta Nº 324, correspondientes a los señalados en el Resuelvo 2., determinan un saldo que se resume en el siguiente cuadro para cada región del país, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, según alternativa de postulación:
ALTERNATIVA COLECTIVA

ALTERNATIVA INDIVIDUAL

Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).
ANEXO ÚNICO
NÓMINA DE PROYECTOS PARA CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO SELECCIONADOS - LLAMADO EFECTUADO MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA Nº 324, (V. Y U.), DE 2024 - CIERRE 12 SEPTIEMBRE DE 2024
