ABRE PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA RESPECTO DEL PRODUCTO CALBIOT 30 CÁPSULAS
Núm. E 2.293 exenta.- Santiago, 19 de noviembre de 2024.
Vistos los siguientes antecedentes:
La solicitud de fecha 26 de enero de 2024 (ref.: RE2213399/24) presentada por Nutrapharm S.A.;
Considerando:
Primero: Que, de conformidad con lo señalado en la resolución exenta N° 2.510, de 3 de junio de 2021, del Instituto de Salud Pública, en relación con lo prescrito en el artículo 39 de la ley N° 19.880, corresponde abrir un periodo de información pública a fin de que cualquier persona pueda examinar el procedimiento, y
Teniendo presente: Las disposiciones contenidas en el Código Sanitario; la ley N° 19.880; el decreto supremo N° 3, de 2010 del Ministerio de Salud, y la resolución exenta N° 191, de 2021, del Instituto de Salud Pública de Chile, dicto la siguiente:
Resolución:
Ábrese un periodo de información pública por un término de 10 días en procedimiento de Régimen de Control Sanitario, respecto del producto Calbiot 30 Cápsulas.
1. La exhibición de los documentos estará disponible en la página web del Instituto de Salud Pública de Chile en el siguiente enlace https://www.ispch.cl/anamed/regimen-de-control- sanitario/etapa-de-informacion-publica-o-debido-emplazamiento/.
2. Entiéndase incorporado a la presente resolución y constituyente de este acto administrativo, un anexo que contiene el Informe de Evaluación de Solicitud de Régimen de Control Sanitario N° 37-A/24, el que se encontrará disponible en el portal web indicado en el numeral precedente.
Anótese, comuníquese, publíquese un informe en el Diario Oficial y los documentos en la página web del Instituto www.ispch.cl.- Juan Alberto Roldán Saelzer, Jefe Departamento Agencia Nacional de Medicamentos (S).