1. Rectifíquese el resuelvo Nº 15, literal "o" de la resolución exenta Nº 1.060 (V. y U.), de fecha 18 de noviembre de 2024, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II, en la modalidad de construcción de vivienda nueva, con proyecto desarrollado, del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, de la Región de Coquimbo, en la alternativa de postulación individual o colectiva, reemplazándose en el siguiente sentido:

    "En el caso de postulaciones a la tipología de Construcción de Conjunto Habitacional, el número de postulantes inscritos y aprobados por el Serviu en el Sistema Informático Rukan debe corresponder estrictamente al número de lotes habitacionales existente en el anteproyecto de loteo aprobado por el Serviu, de acuerdo con lo establecido en la letra a) del artículo 3 del DS Nº 10 (V. y U.), de 2015. No obstante, podrán presentar postulaciones para completar cabida, los proyectos seleccionados pertenecientes a la cartera crítica rural y/u homologados desde otros programas. Del mismo modo, para el financiamiento de Equipamiento Comunitario, podrá utilizarse el Subsidio Complementario de Equipamiento y Espacio Público, establecido en la letra f), del artículo 10, del DS Nº 10 (V. y U.), de 2015."

    2. Déjese establecido que la resolución exenta Nº 1.060 (V. y U.), de fecha 18 de noviembre de 2024, y sus modificaciones, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por el presente acto administrativo.