OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA SILICA NETWORKS CHILE S.A.
   
    Santiago, 30 de octubre de 2024.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 188.
   
    Vistos:
   
    a) El decreto ley N°1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante "la Subsecretaría".
    b) La ley N°18.168, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante "la ley".
    c) El decreto supremo N°103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República".
    d) El decreto supremo N°353, de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, y sus modificaciones.
    e) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    f) La resolución afecta N°16, de fecha 12.02.2013, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Generales para Concursos Públicos para la Asignación de Proyectos y sus respectivos Subsidios, correspondientes al Programa Anual de Proyectos Subsidiables del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
    g) La resolución afecta N° 1, de 2023, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Específicas del Concurso Público "Habilitación de Servicios de Telecomunicaciones para la Región de Los Lagos y la Región de Magallanes y la Antártica Chilena", Código FDT-2022-04-01, en adelante "el Concurso Público", modifica mediante las resoluciones afectas N° 3 y N° 5, de 2023, de la Subsecretaría.
    h) La resolución exenta N° 957, de 2023, de la Subsecretaría, que aprueba el Informe de Respuestas a las Consultas formuladas a las Bases Generales y Específicas del Concurso del literal g) precedente.
    i) El ingreso Subtel N°110.660, de fecha 21.07.2023, por el cual la empresa Silica Networks Chile S.A., en adelante "la Proponente", presenta su Propuesta al Concurso Público del literal h) de los Vistos, para la Zona de Postulación N°02.
    j) Los ingresos Subtel N°145.060, N°145.061 y N°145.065, todos de fecha 04.10.2023, por el cual la Proponente da respuesta a los primeros requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su propuesta del literal i), para el Concurso Público del literal g), ambos de estos Vistos.
    k) Los ingresos Subtel N°155.068, y N°155.072, ambos de fecha 25.10.2023, por los cuales la Proponente da respuesta a los segundos requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su propuesta del literal i), para el Concurso Público del literal g), ambos de estos Vistos.
    l) El ingreso Subtel N°156.791 de fecha 31.10.2023, por el cual la Proponente da respuesta a los terceros requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su propuesta del literal i), para el Concurso Público del literal g), ambos de estos Vistos.
    m) El oficio Ord. N°16.288 GFDT N° 900, de fecha 21.11.2023, de la Subsecretaría, por el cual se comunica a la empresa Silica Networks Chile S.A. la adjudicación de su Propuesta presentada para la Zona de Postulación N° 02, Código: FDT-2022-04-01-Z02 del Concurso Público "Habilitación de Servicios de Telecomunicaciones para la Región de Los Lagos y la Región de Magallanes y la Antártica Chilena", Código: FDT-2022-04-01.
   
    Considerando:
   
    a) Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel N°175.212, de 06.12.2023, complementado mediante ingresos Subtel N°7.498 de 16.01.2024, N°41.217 de 27.03.2024, N°58.722 de 03.05.2024, N°60.318 de 08.05.2024, N°74.574 de 10.06.2024 y N°90.785 de 18.07.2024, para la Zona N°02, Código: FDT-2022-04-01-Z02 del Concurso Público "Habilitación de Servicios de Telecomunicaciones para la Región de Los Lagos y la Región de Magallanes y la Antártica Chilena", Código: FDT-2022-04-01, cuya Propuesta consta de los Ingresos Subtel señalados en los literales i), j), k) y 1) de los Vistos.
    b) La LXXVIII Sesión del Consejo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, de fecha 17.11.2023 mediante la cual el Consejo Adjudica la Zona de Postulación N°02 a la empresa Silica Networks Chile S.A.
   
    Decreto:

   
    Otórgase concesión de Servicio Público de Telecomunicaciones, a la empresa Silica Networks Chile S A., RUT. N°96.912.860-8, con domicilio en Avenida el Bosque Norte 500, piso 15, comuna de Las Condes, región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
   
    1. La presente concesión de Servicio Público de Telecomunicaciones se compone de los elementos indicados a continuación:
   
- Tipo de Servicio: Servicio Público de Telecomunicaciones.       
- Prestación Especifica: Transmisión de Datos (acceso a internet fijo). 
- Periodo de Vigencia: 30 años contados desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
   
    2. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la red de transporte, correspondiente a la transmisión entre los POP-OLT, POP-ONT, Splitters ópticos pasivos, y SIO, así como los equipos, componentes y elementos que permiten la provisión del Servicio de Transmisión de Datos, todos ellos objeto del Concurso Público "Habilitación de Servicios de Telecomunicaciones para la Región de Los Lagos y la Región de Magallanes y la Antártica Chilena", Código: FDT-2022-01-04, para la Zona de Postulación N°02, de acuerdo a lo exigido en las Bases del Concurso y el Proyecto adjudicado, todos indicados en los literales g), h) i), j), k), 1) y m) de los Vistos, respectivamente.
    3. Autorízase a la concesionaria a instalar, operar y explotar los siguientes cinco (5) nodos de telecomunicaciones:
   
   
    3.1. El nodo denominado "Puerto Montt" se encuentra autorizado mediante decreto exento N°464 de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    4. Autorízase a la concesionaria a instalar, operar y explotar veintidós (22) enlaces ópticos, en los polígonos correspondientes a la zona de Servicio mínima, según se indica a continuación:
   
    4.1. Como parte de la Red de Transporte:
   
   
   
    4.2. Como parte de la Red de Acceso:
   
   
    5. Zona de Servicio y Zona de Servicio Mínima:
    5.1. La Zona de Servicio de la Zona de Postulación N°02 comprende la provincia de Llanquihue, de la Región de Los Lagos, debiendo la infraestructura materia de esta autorización a ser desplegada en su totalidad por territorio nacional, dentro de la provincia y región antes individualizadas.
    5.2. La Zona de Servicio Mínima corresponderá a los diecisiete (17) Polígonos referenciales asociados a las localidades comprometidas en su propuesta del literal j) de los Vistos, según se detalla a continuación:
   
    5.2.1 Los polígonos referenciales de localidad son los que se indican a continuación:
   
   
   
    5.2.2 La georreferenciación de los polígonos referenciales de localidad indicados en el punto 5.2.1 precedente, se encontrará disponible en la página web del Concurso Público, https://www.subtel.gob.cl/ultimamilla-loslagosymagallanes/.
   
    6. Oferta de Servicios Públicos de la Zona de Postulación N°02:
   
    6.1. La Oferta de Servicios Públicos de la Zona de Población N°02 corresponde a la oferta de facilidades a la cual se obliga a la concesionaria a permitir a los Suscriptores y Usuarios de este Servicio acceder al mismo en los términos previstos en las Bases Específicas del literal g) de los Vistos, en la Ley y el Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones. La Oferta de Servicio se deberá hacer efectiva en la totalidad de las Localidades comprometidas para la Zona de Postulación N°02 objeto de su Propuesta y en toda la Zona de Servicio Mínima de los Proyecto técnicos del literal i) de los Vistos.
   
    6.2. En las Localidades comprometidas para la Zona de Postulación N°02, se deberá hacer efectiva la oferta de servicios, siendo sus respectivas prestaciones y tarifas máximas las que se indican a continuación:
   
   
   
    6.3. Los planes del Servicio Público que serán comercializados considerarán las siguientes características mínimas de calidad de servicio:
    - Un Ancho de Banda de Bajada de 1 [Gbps].
    - Un Ancho de Banda de Subida de 250 [Mbps].
    - Un Ancho de Banda de Bajada Internacional de 500 [Mbps].
    - Una tasa de agregación de 1:26.
   
    7. La oficina de atención a clientes será instalada en la ubicación que a continuación se indica:
   
   
   
    8. El Periodo de Obligatoriedad de las Exigencias de las Bases corresponde a diez (10) años, el cual se computa desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto, más el tiempo que medie entre dicha fecha de publicación y la del oficio de recepción conforme de las obras e instalaciones. Durante este periodo, la concesionaria deberá cumplir con las exigencias de las Bases de Concurso y con lo comprometido en la Propuesta, todos indicados en los literales g), h), i), j), k), 1) y m) de los Vistos, respectivamente, y con los términos de la adjudicación.
    9. Los plazos máximos de inicio y termino de obras e inicio de servicios, son lo que se indican a continuación:
   
   
    La concesionaria deberá ingresar a la Subsecretaría de Telecomunicaciones la solicitud de recepción de las obras e instalaciones, objeto de la presente concesión, con a lo menos treinta (30) días hábiles previos al vencimiento del plazo máximo de inicio de los servicios, de conformidad a lo previsto en el Artículo 24A de la ley N°18.168.
    La Zona de Postulación N°02 no tiene subsidio asignado para el Servicio Público, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 11 del presente decreto.
    10. Apruébese el Proyecto comprometido, base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
    11. El periodo de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
    12. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan el servicio de telecomunicaciones concesionado, en lo que le sea aplicable. Asimismo, lo establecido en las Bases de Concurso y lo comprometido en la Propuesta adjudicada a la concesionaria, todos indicados en los literales g), h), i), j), k), l), y m) de los Vistos, respectivamente, y la solicitud de concesión referenciada en el literal a) de los Considerandos.
    13. La concesionaria podrá solicitar la modificación de su concesión, con estricta sujeción a lo dispuesto en las Bases del Concurso y de las Bases Específicas, siempre y cuando no se menoscabe el cumplimiento de los requisitos establecidos en las mismas y el Proyecto Comprometido, asegurando la correcta y adecuada instalación, operación y explotación de los elementos comprometidos en la Zona de Postulación N°02.
   
    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
   
   

    CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    División de Infraestructura y Regulación
   
    Cursa con alcance el decreto N° 188, de 2024, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
   
    N° E575030/2024.- Santiago, 5 de diciembre de 2024.
   
    La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que otorga concesión de servicio público de telecomunicaciones a la empresa Silica Networks Chile S.A., pero cumple con precisar que, por una parte, la referencia al ingreso Subtel N° 60.318 contenida en su considerando a) debe entenderse realizada al ingreso Subtel N° 60.316, y, por otra, la remisión efectuada en el párrafo tercero de su numeral 9 corresponde al numeral 12, y no al que allí se indica.
    Por orden de la Contralora General de la República.- Saluda atentamente a Ud., Marcela Andrea Brugueras Díaz, Jefe de División (S).
   
    Al Señor
    Ministro de Transportes y Telecomunicaciones
    Presente.