NOMBRA A DON CRISTÓBAL SEPÚLVEDA MIRANDA EN EL CARGO DE DIRECTOR GENERAL DEL CRÉDITO PRENDARIO
Núm. 33.- Santiago, 31 de julio de 2024.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 10 del decreto supremo 100, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; la ley N° 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios pública que indica, en particular el Título VI, del Sistema de Alta Dirección Pública; el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley N° 29, del 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley N° 16, de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fija texto refundido, sistematizado y coordinado de las disposiciones legales relativas a la Dirección General del Crédito Prendario; el decreto supremo N°1.051, de 2007, del Ministerio de Hacienda, que fija el porcentaje de asignación de alta dirección pública para el cargo de Director/a General de la Dirección General del Crédito Prendario; el decreto supremo N° 19, de 2020, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que nombra como Director General de la Dirección General del Crédito Prendario, a don Jon Andoni Elorrieta; el decreto supremo N° 26, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que declara el término del periodo de nombramiento sin renovación del señor Jon Andoni Elorrieta Abasolo como Director General de la Dirección General del Crédito Prendario y la vacancia de dicho cargo; el decreto supremo N° 53, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que declara desierto el proceso de selección para el cargo de Director General de la Dirección General del Crédito Prendario; la Ley N° 21.640, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024; en la resolución exenta N° PIN-RE-00196-2024, del Servicio Civil, que convoca a proceso de selección públicos y abiertos, de amplia difusión, para proveer los cargos que indica, entre ellos, el del Director/a General de la Dirección General del Crédito Prendario, que corresponde al primer nivel jerárquico (Concurso N° ADP-22107); el decreto supremo N° 71, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministra del Trabajo y Previsión Social; en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón de las materias de personal que se indican.
Considerando:
a) La Dirección General del Crédito Prendario es una institución autónoma del Estado, con personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, que se relaciona con el Ejecutivo a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Sus atribuciones se enmarcan en el desarrollo del crédito en los sectores de más escasos recursos mediante el otorgamiento de préstamos en dinero con garantía de prenda civil o industrial.
b) Conforme a lo establecido en el artículo 7°, del decreto con fuerza de ley N° 16, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la Dirección del Crédito Prendario estará a cargo de un funcionario con el título de Director General, quien será el Jefe Superior del Servicio.
c) Mediante el decreto supremo N° 19, de 30 de abril de 2020, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se nombró a don Jon Andoni Elorrieta Abasolo en el cargo de Director General del Crédito Prendario, para que ejerciera dicho cargo a contar del 1 de mayo de 2020.
d) Con fecha 23 de mayo de 2023, se dictó el decreto supremo N° 26, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que declaró el término del período de nombramiento sin renovación de don Jon Andoni Elorrieta Abasolo en el cargo de Director General del Crédito Prendario, el que se extendió hasta el 23 de mayo de 2023.
e) La ley N° 19.882, que regula la nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica, creó el Sistema de Alta Dirección Pública y la Dirección Nacional de Servicio Civil.
f) Al haberse producido la vacancia del cargo, el Consejo de Alta Dirección Pública, por intermedio de la Dirección Nacional de Servicio Civil, convocó a un proceso de selección público y abierto, de amplia difusión, para proveer el cargo de Director/a General de la Dirección General del Crédito Prendario.
h) Que, Presidente de la República en el ejercicio de la facultad establecida en el artículo quincuagésimo primero de la ley 19.882, comunicó al Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública su decisión de declarar desierto al proceso el concurso público. En efecto, se dictó el decreto supremo N° 53, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
i) Como consecuencia de la decisión adoptada por el Presidente, conforme a lo establecido en artículo quincuagésimo primero, de la ley 19.882, se realizó un nuevo proceso de selección.
j) Que, través del oficio resolución N° 40, de 27 de junio de 2024, el Consejo de Alta Dirección Pública remitió a la Presidencia de la República la nómina de los candidatos elegidos en la nueva convocatoria de proceso de selección público abierto para proveer el cargo de Director/a General de la Dirección General del Crédito Prendario, dentro de la cual se encontraba don Cristóbal Sepúlveda Miranda.
h) Por medio del oficio Gab. Pres. N° 969, de 17 de julio de 2024, se comunicó la selección del postulante antes individualizado, lo que fue puesto en conocimiento de la Ministra del Trabajo y Previsión Social por el Director Nacional del Servicio Civil, mediante Oficio N° PIN-00-00566-2024, a fin de gestionar el referido nombramiento.
Decreto:
1. Nómbrase, a contar del día 5 de agosto de 2024, como Director General de la Dirección General del Crédito Prendario, grado 3° de la EUS de la Planta Directiva de dicha institución, a don Cristóbal Sepúlveda Miranda, cédula de identidad 16.419.270-9.
2. Por razones impostergables de buen servicio la señalada autoridad deberá asumir sus funciones sin esperar la total tramitación del presente decreto.
3. Don Cristóbal Sepúlveda Miranda tendrá derecho a un 60% de la asignación de alta dirección pública, conforme a lo establecido en el decreto supremo N° 1.051, de 2007, del Ministerio de Hacienda.
4. Impútese el gasto que demande el presente decreto al Subtítulo 21.01.001, del presupuestario vigente de la Dirección General del Crédito Prendario, para el año 2024.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Jeannette Jara Román, Ministra del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Giorgio Boccardo Bosoni, Subsecretario del Trabajo.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Departamento de Previsión Social y Personal
Área de Control de Personal de la Administración
Cursa con alcance decreto N° 33, de 2024, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
N° ES 35317.- Santiago, 10 de diciembre de 2024.
Esta Contraloría General ha tomado razón del documento del rubro, mediante el cual se nombra a don Cristóbal Sepúlveda Miranda, como Director General de la Dirección General del Crédito Prendario, a contar del 5 de agosto de 2024, cargo afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, por ajustarse a derecho.
Sin perjuicio de lo anterior, es menester indicar que este nombramiento regirá hasta el 5 de agosto de 2027, data en que se cumple el periodo de tres años establecido en el inciso segundo, del artículo quincuagésimo séptimo, de la ley N° 19.882, conforme a lo prescrito por el artículo 48 del Código Civil.
Con el alcance que antecede, se ha dado curso al instrumento del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Carolina Requena Duschner, Contralora General (S).
A la señora
Ministra del Trabajo y Previsión Social
Presente.