La presente ley autoriza a construir un monumento en homenaje a la primera mujer minera de Chile, la geóloga de la Universidad de Chile Alejandra Graciela Arévalo Troncoso, quien trabajó en la División El Teniente de Codelco Chile, entre los años 1988 y 2008. Arévalo se desempeñó como geóloga de mina, realizando labores de mapeo de túneles y sondajes de interior. Asimismo, durante doce años ejerció su profesión en el área de geometalurgia y tuvo además a su cargo el manejo de las bodegas de sondajes. Su labor se resumen en 26 años de trabajo en minería, de los cuales 23 fueron en Codelco. Otro hecho a destacar, es su relevante participación en la investigación académica minera en nuestro país, con la publicación de 6 investigaciones a nivel nacional y 5 a nivel internacional en congresos y revistas especializadas Cabe señalar que en Chile existía una cultura minera masculinizada inspirada en una larga tradición, donde se reconoció la presencia de mano de obra femenina recién a mediados del año 1990, pues antes no estaba permitido que las mujeres trabajaran en la minería.
    Artículo 4.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones:
   
    a) Llamar a concurso público para la realización de la obra monumento, fijar sus bases y determinar el jurado que definirá al ganador de dicha convocatoria.
    b) Proponer el lugar en que se ubicará el monumento en coordinación con la Ilustre Municipalidad de Machalí, con el Consejo de Monumentos Nacionales y demás autoridades competentes.
    c) Administrar el fondo creado por el artículo 2.
    d) Determinar lo dispuesto en el artículo 5.