Artículo 15. Están afectos a toma de razón los siguientes actos administrativos:
15.1 Resolución 3,
CONTRALORÍA GRAL.
Art. 1º Nºs 16) y 17)
D.O. 21.02.2026Desafectaciones de áreas protegidas del Estado.
CONTRALORÍA GRAL.
Art. 1º Nºs 16) y 17)
D.O. 21.02.2026Desafectaciones de áreas protegidas del Estado.
15.2 Otorgamiento de concesiones sobre áreas protegidas del Estado, en conformidad con el artículo 18 de la ley Nº 20.423.
15.3 Declaraciones de reducción, prohibición, restricción, reserva, agotamiento y escasez, incluida su prórroga, a que aluden los artículos 62, 63, 65, 147 bis, 282 y 314 del Código de Aguas.
15.4 Instrumentos de planificación territorial, su promulgación, aprobación y los que los dejen sin efecto.
Además, están afectos los actos que promulguen versiones actualizadas de los planos y los que fijen el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ordenanza de un Instrumento de Planificación Territorial.
Igualmente se encuentra afecto el acto administrativo que pone término al procedimiento de habilitación normativa a que se refiere el artículo 8º de la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional.
15.5 Planes regionales de ordenamiento territorial, su promulgación, aprobación y los actos que los dejen sin efecto.