Artículo 18. Están afectos a toma de razón los siguientes actos administrativos:
    18.1 Nombramientos en calidad de titular en cargos de exclusiva confianza y en aquellos que sean precedidos de un concurso público de ingreso o de un concurso interno de promoción.
    18.2 Nombramientos en calidad de titular sometidos al Sistema de Alta Dirección Pública.
    18.3 Nombramientos en calidad de titular en cargos directivos, regulados en el artículo 8º de la ley Nº 18.834.
    18.4 Designación de miembros de directorios, juntas directivas, consejos directivos, consejos superiores y otros análogos, en las empresas públicas creadas por ley o en las que el Estado o instituciones centralizadas o descentralizadas tengan aportes de capital mayoritario o en igual proporción, o, en las mismas condiciones, representación o participación.
    18.5 Nombramientos en calidad de titular de notarios, conservadores, archiveros judiciales y receptores judiciales.
    18.6 Encasillamientos, en cuanto impliquen el acceso a un cargo titular.
    18.7 Sobreseimientos, absoluciones y aplicación de medidas disciplinarias, en investigaciones sumarias y sumarios administrativos instruidos u ordenados instruir por la Contraloría General, en los servicios sometidos a su fiscalización.
    Se entenderán, asimismo, ordenados instruir por la Contraloría General, aquellos sumarios incoados de oficio por el servicio de que se trate con motivo o durante una fiscalización de la Contraloría, o cuya instrucción haya sido confirmada o dispuesta en un informe de auditoría o en un pronunciamiento jurídico.
    18.8 Otorgamiento de desahucios y beneficios previsionales a funcionarios públicos y sus causahabientes adscritos a sistemas previsionales de régimen público, cuya pensión mensual inicial sea igual o superior a 25 unidades tributarias mensuales.
    18.9 Los que dispongan la reliquidación de un beneficio previamente otorgado, cuando el monto mensual reliquidado supere el mencionado límite de 25 unidades tributarias mensuales.
    18.10 Creación, modificación y supresión de plantas de personal y fijación de remuneraciones.
    18.11 Declaraciones de vacancia del empleo.
    18.12 Ceses de funciones por supresión del empleo.
    18.13 Recontratación Resolución 8,
CONTRALORÍA GRAl.
Art. 1º N° 5
D.O. 12.04.2025
en calidad de contrata, contrata con renta global única, contrato Código del Trabajo o contrato sobre la base de honorarios a personal en situación de retiro de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública y de Gendarmería de Chile, que haya obtenido una pensión de retiro en un sistema previsional de régimen público, cuando esa recontratación se realiza en alguna de las entidades que se mencionan en el artículo 10, de la ley Nº 18.458.
    18.14 Actos que deleguen facultades en materias de personal afectas al trámite de toma de razón.
    18.15 Los actos relativos a materias de personal que resuelvan procedimientos invalidatorios ordenados instruir por esta Contraloría General.
    18.16 Resolución 8,
CONTRALORÍA GRAl.
Art. 1º N° 6
D.O. 12.04.2025
Liberaciones de guardia de profesionales funcionarios.