Art. 7º.- Se suprime la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos. Los establecimientos que de ella dependen, quedarán bajo la dirección del Ministerio y entregados a la supervigilancia de los Directores y Conservadores respectivos.

    Créase el cargo de Director de la Biblioteca Nacional, que tendrá el grado 6.o, con sueldo anual de $24.000, que será servido por el actual Director General de Bibliotecas.
    El resto de personal de la Dirección General pasará a prestar sus servicios en la Biblioteca Nacional.