MODIFICA DECRETO N° 364, DE 2024, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
   
    Núm. 487.- Santiago, 24 de diciembre de 2024.
   
    Vistos:
   
    Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y N° 21, 35, 101 y quincuagésimo tercero transitorio de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N° 21.542, que modifica la Carta Fundamental con el objeto de permitir la Protección de Infraestructura Crítica por parte de las Fuerzas Armadas, en caso de peligro grave o inminente; en la Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 21.567, que modifica la ley N° 20.931, para ampliar las facultades de control policial para efectos de aplicar las medidas establecidas en la Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería; en la Ley N° 21.694, que modifica los cuerpos legales que indica para mejorar la persecución penal en materia de reincidencia y delitos de mayor connotación social; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, para el Resguardo de las Áreas de Zonas Fronterizas; en el decreto supremo N° 78, de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que delimita las áreas de zonas fronterizas a resguardar por parte de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, designa a oficiales generales que señala e instruye lo que indica, y sus modificaciones; los decretos supremos N° 139, N° 220, y N° 338, de 2023; N° 114, N° 182, N° 273 y N° 364, de 2024, todos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que prorrogan la vigencia del referido decreto N° 78; el oficio Nº 3550/2804/4, de 2024, del Ministerio de Defensa Nacional; y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del trámite de Toma de Razón.
   
    Considerando:
   
    1° Que, el inciso primero del artículo 101 de la Constitución Política de la República, dispone que las Fuerzas Armadas dependen del Ministerio encargado de la Defensa Nacional, y están constituidas única y exclusivamente por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, existiendo para la defensa de la patria y siendo esenciales para la seguridad nacional.
    2° Que, con fecha 3 de febrero de 2023, se publicó la ley de reforma constitucional N° 21.542, cuyo artículo primero añade una atribución presidencial al listado contenido en el artículo 32 de la Constitución Política de la República, mediante la incorporación de un numeral 21, nuevo, que faculta al Presidente de la República para disponer, mediante decreto supremo fundado, suscrito por los Ministerios del Interior y Seguridad Pública y de Defensa Nacional, que las Fuerzas Armadas se hagan cargo de la protección de la infraestructura crítica del país cuando exista peligro grave o inminente a su respecto, determinando aquella que debe ser protegida; atribución especial que también se podrá utilizar para el resguardo de áreas de las zonas fronterizas del país, de acuerdo con las instrucciones contenidas en el decreto supremo que se dicte en conformidad con la ley.
    3° Que, en este contexto, S.E. el Presidente de la República, a través del decreto supremo N° 78, de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, delimitó las áreas de zonas fronterizas a resguardar por parte de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, designando además a los Oficiales Generales que se indican por un plazo de 90 días. Dicha disposición ha sido prorrogada mediante los decretos supremos N° 139, N° 220 y N° 338, todos de 2023, N° 114, N° 182, N° 273, y N° 364, de 2024, todos de la misma Secretaría de Estado.
    4° Que, mediante el decreto N° 433, de 2024, por razones de buen servicio y de organización de las fuerzas, se reemplazó la designación de las Fuerzas Armadas establecidas por decreto N° 364, de 2024, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
    5° Que, a través del oficio Nº 3550/2804/4, de 23 de diciembre de 2024, del Ministerio de Defensa Nacional, se ha solicitado la modificación en la designación de los oficiales generales al mando de las Fuerzas y de las de Orden y Seguridad Pública, respecto de las regiones de Arica y Parinacota y de Antofagasta, establecidas por el decreto supremo Nº 364, de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
    6° Que, por todo lo expuesto anteriormente, se hace necesaria la dictación del presente acto administrativo, por lo que vengo a dictar el siguiente:
   
    Decreto:

    Artículo único.-  Modifícase el artículo segundo, del decreto supremo N° 364, de 2024, modificado por el decreto supremo N° 433, de 2024, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en el sentido de reemplazar la designación de los oficiales generales de las Fuerzas Armadas, para las regiones de Arica y Parinacota y Antofagasta, en los siguientes términos:
   
PARA LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA.
   
Periodo    : Hasta el 5 de diciembre
              de 2024
Institución : Ejército de Chile
Grado      : General de Brigada
Apellidos  : Valdivia Méndez
Nombres    : Eduardo
RUN        : 12.430.492-K
   
Periodo    : Desde el 6 de diciembre
              de 2024 hasta el 5
              de enero de 2025
Institución : Ejército de Chile
Grado      : General de Brigada
Apellidos  : Soto Escala
Nombres    : José
RUN        : 9.919.233-k
   
Periodo    : A contar del 6 de enero
              2025 hasta el 24
              de enero de 2025
Institución : Ejército de Chile
Grado      : General de Brigada
Apellidos  : Ellwanger Alvar
Nombres    : René Gustavo
RUN        : 9.931.500-8
   
Periodo    : A contar del 25 de
              enero de 2025 y hasta
              el término de vigencia
              del presente decreto
Institución : Ejército de Chile
Grado      : General de Brigada
Apellidos  : Soto Escala
Nombres    : José
RUN        : 9.919.233-k
   
PARA LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA.
   
Periodo    : Hasta el 5 de diciembre
              de 2024.
INSTITUCIÓN : Ejército de Chile
GRADO      : General de Brigada
APELLIDOS  : Izarnótegui López
NOMBRE      : Jaime
RUN        : 8.664.422-3
   
Periodo    : Desde el 6 de diciembre
              2024 hasta el 26 de
              diciembre de 2024
INSTITUCIÓN : Ejército de Chile
GRADO      : General de Brigada
APELLIDOS  : Frávega Bordoli
NOMBRE      : Guido
RUN        : 11.946.510-9
   
Periodo    : A contar del 27 de diciembre
              de 2024 hasta el
              17 de enero de 2025
INSTITUCIÓN : Ejército de Chile
GRADO      : General de Brigada
APELLIDOS  : Salazar Jara
NOMBRE      : Álvaro
RUN        : 10.869.429-7
   
Periodo    : A contar del 18 de enero
              de 2025 y hasta el término
              de vigencia del presente
              decreto
INSTITUCIÓN : Ejército de Chile
GRADO      : General de Brigada
APELLIDOS  : Frávega Bordoli
NOMBRE      : Guido
RUN        : 11.946.510-9


    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Luis Cordero Vega, Ministro del Interior y Seguridad Pública (S).- Maya Fernández Allende, Ministra de Defensa Nacional.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Natalia Silva Gutiérrez, Subsecretaria del Interior (S).