La presente ley tiene por objeto otorgar un reajuste a las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras del sector público, considerando un incremento general de un 3% a partir de diciembre de 2024, con aumentos adicionales de un 1,2% en enero de 2025, y un 0,64% en junio de 2025. Asimismo, concede aguinaldos como el de Navidad y Fiestas patrias, contempla un bono de escolaridad y de vacaciones; y otros beneficios específicos que la propia ley señala, estableciendo las condiciones y requisitos para su otorgamiento. Para dichos fines la ley modifica una serie de cuerpos legales, y establece la forma de su financiamiento.
    Artículo 68.- Créase un cargo Jefe de División Grado 4° EUS, en la planta de directivos de exclusiva confianza de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, establecida en el decreto con fuerza de ley N° 5 de 2019, del Ministerio de Educación, que fija la planta de personal de dicha Subsecretaría.