La presente ley tiene por objeto otorgar un reajuste a las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras del sector público, considerando un incremento general de un 3% a partir de diciembre de 2024, con aumentos adicionales de un 1,2% en enero de 2025, y un 0,64% en junio de 2025. Asimismo, concede aguinaldos como el de Navidad y Fiestas patrias, contempla un bono de escolaridad y de vacaciones; y otros beneficios específicos que la propia ley señala, estableciendo las condiciones y requisitos para su otorgamiento. Para dichos fines la ley modifica una serie de cuerpos legales, y establece la forma de su financiamiento.
    Artículo 76.- A partir del 1 de enero de 2025, la Agencia Nacional de Ciberseguridad, creada por la ley N° 21.663, en el ámbito de las funciones y atribuciones que le otorga la mencionada ley será la sucesora legal del Programa de Ciberseguridad y del Programa Red de Conectividad del Estado, todos de la Subsecretaría del Interior, en particular sobre los derechos y obligaciones relacionados con la ejecución de convenios, de contratos de suministro y prestación de servicios, de los actos relacionados con los bienes, servicios y activos tangibles e intangibles, así como de las respectivas garantías y, en general, de cualquier otro acto jurídico o administrativo referido a materias de ciberseguridad.