1. Modifícase la resolución exenta N°764 (V. y U.), de 2024, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su resuelvo 2. por la siguiente:
   
   
   
    2. Modifícase la resolución exenta N°1.539 (V. y U.), de 2024, en el sentido de reemplazar el primer párrafo del resuelvo 3. por el siguiente:
   
    "El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro del resuelvo 1. precedente comprende los siguientes valores por concepto de Servicios de Asistencia Técnica y el pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces":
   
    3. Apruébese la selección de las personas que se incorporan a los proyectos que se indican en la siguiente tabla, con su respectivo financiamiento total, el cual incluye los servicios de asistencia técnica y aranceles del Conservador de Bienes Raíces, detallados en el Resuelvo 5., para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, en la Región Metropolitana y del Biobío, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre se efectuó el día 29 de agosto de 2024, del llamado efectuado por Resolución Exenta N°764 (V. y U.), de 2024, y sus modificaciones:
   
   
   
    4. La nómina de personas que se incorporan a los proyectos indicados en el resuelvo 3 y que por este acto se seleccionan, se adjunta como anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
    5. El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro del resuelvo 3. precedente comprende los siguientes valores por concepto de Servicios de Asistencia Técnica y el pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces:
   
   
   
    Dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta N°1.875 (V. y U.), de 2015, y a la resolución exenta N°764 (V. y U.), de 2024:
   
    En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, de acuerdo al número de familias postulantes que se beneficiarán por esta resolución, considerando los recursos para Asistencia Técnica descritos en las tablas insertas en los números 1.1 y 1.2 del numeral 1 del artículo 3° de la resolución N° 1.875 (V. y U.), de 2015 y del resuelvo 8 de la Resolución 764 (V. y U.), de 2024. Se adiciona además 1,5 UF por familia, considerando lo señalado en el segundo inciso, del número 1.1. del numeral 1 del citado artículo.
    Mediante resolución del Director del Serviu, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras a), c), e), g), h), i), j) y k) del número 3 de su artículo 3°, o cuando corresponda aplicar lo señalado en el inciso 2 del número 8 de su artículo 2°.
   
    6. Los recursos comprometidos para los postulantes seleccionados en el concurso a que se llamó por resolución exenta N° 764 (V. y U.), de 2024, cuyo cierre de postulación se efectuó el día 29 de agosto se resumen en el siguiente cuadro, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas, considerando los monto de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos Servicios de Asistencia Técnica y aranceles del Conservador de Bienes Raíces: