Artículo séptimo.- Derógase el decreto exento N° 373, de 2000, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, solo en su artículo 1°, en cuanto, declara normas oficiales de la República de Chile la "NCh62.Of2000 Petróleos Diésel - Requisitos" y, la "NCh63.Of2000 Kerosene - Requisitos".