Artículo 26.- Acto administrativo que determina las comunas beneficiarias y los coeficientes de distribución del Fondo de Equidad Territorial. El decreto supremo que determina las comunas que cumplen con los requisitos para ser beneficiarias de este aporte fiscal y determina los coeficientes de distribución del Fondo de Equidad Territorial deberá ser dictado anualmente, a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, durante el mes de diciembre del año anterior al de su aplicación y deberá contar con la firma del Ministro de Hacienda.