Artículo 13. Designación del postulante seleccionado. De la propuesta que presente la Comisión de Selección corresponderá al Pleno del Tribunal designar al postulante seleccionado para proveer el cargo vacante, nombramiento que será cursado por medio de resolución dictada por la Presidencia del Tribunal.
En igualdad de condiciones de mérito, se seleccionará preferentemente a personas con discapacidad acreditada, de acuerdo a la legislación sectorial vigente.