Artículo 105. Concepto de capacitación. Se entenderá por capacitación el conjunto de actividades permanentes, organizadas y sistemáticas, destinadas a que el personal desarrolle, complemente, perfeccione o actualice los conocimientos y destrezas necesarios para el eficiente desempeño de sus cargos y aptitudes funcionarias, en el marco de las políticas institucionales.
La capacitación comprende, además, la evaluación integral de tales actividades en cuanto al logro de sus objetivos.