Artículo 140. Medios electrónicos o formato manual. Los procesos de calificación serán llevados a efecto por medios electrónicos. En caso de no contar con herramientas digitales para llevar a cabo el proceso este se efectuará en formato manual, debiendo el Pleno aprobar los modelos de hoja de vida, autoevaluación, informe de desempeño del funcionario, con su respectiva hoja de observaciones, precalificación, metas y compromisos anuales.