Artículo 159. Notificación de la resolución del Comité. La notificación de la resolución del Comité de Calificaciones deberá realizarse dentro de un plazo de tres días hábiles desde la fecha de la última sesión de calificaciones. Será practicada por correo electrónico institucional por el Secretario Abogado/a, quien adjuntará copia autorizada del acuerdo del Comité y señalará en la notificación el plazo para presentar resposición.