Artículo 166. Contenido del bono de desempeño. El bono de desempeño contiene los siguientes elementos:

    a) Un componente base, de un Aviso S/N,
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
D.O. 04.03.2025
10%.
    b) Un incremento por desempeño institucional, de hasta un 7%.
    c) Un incremento por desempeño colectivo, de hasta un 6%.

    El monto de este bono se determina aplicando los porcentajes señalados precedentemente sobre la suma del sueldo base, la asignación judicial y la asignación profesional, en su caso, percibidas por cada funcionario a quien corresponda el beneficio, durante el período respectivo.
    El componente base se paga mensualmente. Los incrementos por desempeño institucional y colectivo se pagarán trimestralmente, en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. El monto que debe pagarse en cada cuota será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo, como resultado de la aplicación mensual de dichos incrementos.
    El incremento por desempeño institucional se concederá en relación con la ejecución de metas anuales de eficiencia institucional.
    El cumplimiento de las metas de eficiencia institucional de cada año dará derecho a un incremento del 7% de la suma de las remuneraciones, siempre que el Tribunal haya alcanzado un grado de cumplimiento igual o superior al 80% de las metas anuales de eficiencia a que se haya comprometido.