Artículo 197. Tramitación por medios digitales. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, una vez notificado de la formulación de cargos, el imputado podrá solicitar la remisión digital del expediente y, asimismo, evacuar sus presentaciones por medios electrónicos, en la medida que se garantice la identidad del suscriptor del documento.