Artículo único: Modifícase el decreto Nº 10, de 2022, del Ministerio de Educación, que aprueba bases curriculares para la educación de personas jóvenes y adultas en asignaturas que indica en el siguiente sentido:
1. Reemplázase, en el artículo 1, la frase "para los niveles de educación básica y primer nivel de educación media, y el año 2026 para los niveles siguientes, incluyendo las tres formaciones diferenciadas" por "de acuerdo a la temporalidad establecida en el artículo transitorio del presente decreto".
2. Modifícase el artículo 2 incorporándose después de la frase "Ministerio de Educación", lo siguiente: ", de acuerdo a la transitoriedad que se fijará en el artículo transitorio del presente decreto".
3. Incorpórase un artículo transitorio nuevo:
"Artículo transitorio: Las bases curriculares aprobadas mediante el presente acto administrativo se implementarán en los siguientes niveles, conforme al siguiente calendario:
