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Decreto 634 EXENTO

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Decreto 634 EXENTO

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Decreto 634 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA GTD MANQUEHUE S.A.

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

Decreto 634 EXENTO

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Promulgación: 16-DIC-2024

Publicación: 22-ENE-2025

Versión: Única - 22-ENE-2025

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MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA GTD MANQUEHUE S.A.
   
    Santiago, 16 de diciembre de 2024.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 634 exento.
   
    Vistos:
   
    a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante "la Subsecretaría".
    b) La ley N° 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante "la ley".
    c) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República".
    d) El decreto supremo N° 353, de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, y sus modificaciones.
    e) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    f) La resolución afecta N° 16, de fecha 12.02.2013, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Generales para Concursos Públicos para la Asignación de Proyectos y sus respectivos Subsidios, correspondientes al Programa Anual de Proyectos Subsidiables del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
    g) La resolución afecta N° 2, de fecha 20.04.2020, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Específicas para el Concurso Público "Conectividad para la Educación 2030", Código: FDT-2019-04, modificada mediante resolución afecta N° 4, de fecha 08.07.2020, de la misma Subsecretaría.
    h) Las Sesiones LV y LIX, del Consejo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, de fechas 29.01.2019 y 15.01.2020, respectivamente, que autorizan el llamado a Concurso Público del literal g) de los vistos y fija el monto máximo de Subsidio para la asignación del mismo.
    i) La resolución exenta N° 1.003, modificada por la resolución exenta N° 1.201, ambas de 2020 y de la Subsecretaría, que aprueba el Informe de Respuestas a las Consultas y Aclaraciones formuladas a las Bases Generales y Específicas del Concurso Público de los literales f) y g) de los vistos, respectivamente.
    j) Los Ingresos Subtel N° 185.865, N° 186.745, N° 185.231 y N° 186.399, todos de fecha 05.08.2020, por los cuales GTD Manquehue S.A. presenta su propuesta al Concurso Público del literal g) de los vistos, para la Zona 60.
    k) Los Ingresos Subtel N° 249.336, N° 249.363, N° 249.381, N° 249.382, N° 249.372 y N° 249.378, todos de fecha 05.10.2020, por los cuales GTD Manquehue S.A. da respuesta a los primeros requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su Propuesta del literal j) de los vistos.
    l) Los Ingresos Subtel N° 277.382 y N° 277.579, ambos de fecha 05.11.2020 y N° 283.640, de fecha 13.11.2020, por los cuales GTD Manquehue S.A., da respuesta a los segundos requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su Propuesta del literal j) y los Ingresos Subtel del literal k), ambos de los vistos, correspondientes al "Set A" y "Set B", respectivamente.
    m) El oficio Ord. N° 19.579/GFDT N° 446, de fecha 18.12.2020, de la Subsecretaría, por el cual se comunica a la empresa GTD Manquehue S.A. la adjudicación de su Propuesta de los literales j), k) y l) de los vistos, para la Zona 60 del Concurso Público del literal g) de los vistos.
    n) La resolución exenta N° 1.558, de 2008, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el uso de las bandas de frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz, y sus posteriores modificaciones.
    o) La resolución exenta N° 517, de 2001, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el uso de la banda de frecuencia 5.725 - 5.850 MHz, y sus posteriores modificaciones.
    p) La resolución exenta N° 1.962, de 2018, de la Subsecretaría, que fija norma técnica que establece canalizaciones para radioenlaces del servicio fijo en bandas de frecuencias que se indica, y sus posteriores modificaciones.
    q) El Acta de fecha 10.12.2020, correspondiente a la LXIII Sesión del Consejo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, que resolvió adjudicar el Concurso Público "Conectividad para la Educación 2030", Código: FDT-2019-04, y su respectivo Subsidio, para la Zona 60, a GTD Manquehue S.A.
    r) La resolución exenta N° 432, de fecha 01.03.2021, de la Subsecretaría, que asigna el Proyecto "Conectividad para la Educación 2030", Código: FDT-2019-04, para la Zona 60, a GTD Manquehue S.A.
    s) El oficio Ord. N° 5.093/GFDT N° 107, de fecha 12.04.2021, de la Subsecretaría, por el cual se comunica a GTD Manquehue S.A. la aprobación del Plan de Despliegue Ajustado y el Informe de Detalle de Asignaciones Internas, para la Zona 60.
    t) El decreto supremo N° 58, de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
   
    Considerando:
   
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 145.019, de 13.11.2024.
    b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
   
    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa GTD Manquehue S.A., RUT N° 93.737.000-8, con domicilio en Moneda N° 920, piso 11, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria a modificar la solución técnica de acceso para los RBD que se detallan en la siguiente tabla, pertenecientes a la Zona 60, según se indica a continuación:
   
   
   
   
    2. Los enlaces satelitales serán de tercero debidamente autorizado mediante decreto supremo N° 156, de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, cuyas características técnicas se detallan a continuación:
   

    3. Los plazos máximos son los que se indican a continuación:
   
   
    4. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
    5. El Servicio objeto de la presente concesión deberá prestarse con estricto apego a la normativa de calidad que al efecto contemple la ley N° 18.168, sus modificaciones y demás normas reglamentarias y/o técnicas vigentes, como asimismo aquellas exigencias de calidad, operación y supervisión del Servicio de Conectividad para los EES que pertenezcan a la Zona 60 descritas en la resolución exenta N° 432, de 2021, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    6. La concesionaria en su carácter de Beneficiaria deberá desplegar e instalar todos los elementos comprometidos en el Proyecto Técnico respectivo y necesarios para dar inicio al Servicio de Conectividad, obteniendo la respectiva Alta de Servicio en todos los EES de la Zona adjudicada dentro de los plazos establecidos en el numeral 3 precedente.
    7. Las demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación permanecerán inalterables de conformidad al Acto Autorizatorio señalado en el literal t) de los vistos.
    8. Apruébese el Proyecto Comprometido, base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
    9. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan el servicio de telecomunicaciones concesionado, en lo que le sea aplicable. Asimismo, lo establecido en las Bases de Concurso, lo comprometido en la propuesta y con los términos de la asignación, todos indicados en los literales f), g), i), j), k) y l) de los vistos y el literal a) del Considerando, respectivamente.
   
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 22-ENE-2025
22-ENE-2025

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