Artículo 11º.- El Decreto 233 EXENTO,
ENERGÍA
N° 1
D.O. 16.09.2025
plazo de construcción de las obras tendrá una duración de 6 meses, contados desde el inicio de los trabajos hasta su terminación. Dicho plazo comenzará a transcurrir cumplidos once (11) meses desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto, sin perjuicio que estos trabajos podrán iniciarse con anterioridad a dicha fecha, en el evento de contar con todas las autorizaciones y derechos que lo habiliten para ello. Los plazos por etapas y secciones son los siguientes: